23 de agosto 2017 - 00:00

La Corte mantiene en suspenso fallo sobre candidatura de Menem

El máximo tribunal desplazó a los jueces, sostuvo que está mal argumentada la impugnación y dio plazo hasta el 3 de septiembre para nueva sentencia.

PLAZOS. Hasta que la Cámara Electoral vuelva a emitir un nuevo fallo, Carlos Menem estaría habilitado para competir en octubre.
PLAZOS. Hasta que la Cámara Electoral vuelva a emitir un nuevo fallo, Carlos Menem estaría habilitado para competir en octubre.
Por unanimidad, la Corte Suprema de Justicia ordenó ayer a la Cámara Electoral que vuelva a fallar sobre la impugnación a la candidatura a senador nacional de Carlos Menem por estar "mal argumentada" y por "arbitraria", y dispuso que se expida sobre el caso antes del 3 de septiembre. Ese día vence el plazo para la registración de candidatos proclamados en las PASO del 13 de agosto. Hasta entonces, en rigor, el expresidente puede considerarse habilitado como candidato a senador.

La decisión de la Corte implica automáticamente la separación de los jueces de la Cámara Electoral, por lo que el fallo deberá ser dictado por un nuevo tribunal integrado por tres magistrados surgidos de las 27 cámaras federales. Suena, entre ellos, el juez Martín Irurzun, camarista cercano a Ricardo Lorenzetti que recientemente desempató con su intervención un fallo de la Cámara Electoral y coincidió con la decisión de Alberto Dalla Vía de impedir la participación en las PASO de la nómina santafesina Ciudad Futura, integrada exclusivamente por candidatas femeninas, intimando a incluir un tercio de hombres en dicha conformación.

A través de un comunicado, la Corte señaló que, conforme al expediente remitido por la Cámara de Casación Penal, "quedó claro que Menem había sido absuelto por el Tribunal Oral y luego condenado por la Cámara de Casación Penal" en la causa por la venta de armas a Croacia y Ecuador durante su presidencia. "Ello -agrega- viola el precedente 'Duarte', del 5 de agosto de 2014 en el que la Corte dispuso que corresponde garantizar un recurso ordinario, accesible y eficaz a quienes habiendo sido absueltos en primera instancia son luego condenados por el tribunal revisor".

Si bien el máximo tribunal no emitió opinión sobre la cuestión de fondo, es decir, sobre su habilitación como candidato, entendió que la sentencia de la Cámara Electoral contenía graves defectos jurídicos que hacían imposible mantenerla. Para ello se basó en una histórica tradición de precedentes de la Corte Suprema que obliga a descalificar sentencias por arbitrariedad.

Entre otros argumentos, la Corte consideró que la Cámara Electoral no analizó el planteo relacionado con la legitimación, es decir, si alguien que no es de la lista puede impugnarla en las elecciones Primarias.

Tampoco tuvo en cuenta el derecho a la revisión de las sentencias condenatorias ni dio una explicación fundada sobre este aspecto.

Diez días antes de las Primarias, Leonel Ignacio Acosta, apoderado de la alianza "Izquierda al Frente por el Socialismo", de La Rioja, impugnó la precandidatura a senador nacional de Menem, quien se presentó por la alianza "Frente Justicialista Riojano".

Si bien Menem no pudo el 13 de agosto participar oficialmente como precandidato, las boletas aparecieron con su nombre y rostro, debido a que la impugnación imposibilitó la impresión de nuevas papeletas y la Cámara Nacional Electoral permitió que se utilicen las que ya habían sido aprobadas. Ese día, el Frente Justicialista se alzó con el 43,% de los votos.

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