En la sentencia se ordena "a la AN, a su presidente, a su Junta Directiva y a sus miembros en general, abstenerse de pretender dirigir las relaciones exteriores de la República y, en general, desplegar actuaciones que no estén abarcadas por las competencias que les corresponden".
La sentencia, que el TSJ difundió en un comunicado, se sustenta en que los parlamentarios opositores, supuestamente, estarían realizando acciones "tendientes" a "solicitar la intervención de organismos e instancias internacionales en asuntos internos de la República".
La decisión dice que hay "usurpación de funciones" por parte del presidente de la AN, Henry Ramos Allup, así como de la junta directiva en general y la mayoría de los diputados que integran la Cámara, que desde el 5 de enero pasado es controlada por la oposición.
La sentencia se produce un día después de que Ramos Allup asegurara que viajará a Washington el próximo día 23 para exponer ante la Organización de Estados Americanos (OEA) lo que considera la "ruptura constitucional" del orden democrático de su país.
En el fallo se indica, además, que "se suspenden los efectos de los actos parlamentarios de fechas 10 y 31 de mayo de 2016".
En la primera de esas sesiones se aprobó el "acuerdo exhortando al cumplimiento de la Constitución y sobre la responsabilidad del Poder Ejecutivo Nacional, del TSJ y del Consejo Nacional Electoral para la preservación de la paz y ante el cambio democrático en Venezuela".
En la segunda, de fecha 31 de mayo, se aprobó el "acuerdo que respalda el interés de la comunidad internacional acerca del G-7, OEA, Unasur, Mercosur y Vaticano en la crisis venezolana".
En este sentido, en la decisión de ayer se señala que "se observan indicios de los cuales pudiera desprenderse que el órgano legislativo asumió atribuciones que constitucionalmente son propias del Poder Ejecutivo".
La Sala Constitucional del TSJ, órgano señalado por la oposición de responder al Gobierno, indicó que la demanda "no se sustenta de forma directa en la violación de derechos constitucionales, sino en la vulneración de competencias y atribuciones constitucionales inherentes al Poder Ejecutivo Nacional".
| Agencia EFE |


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