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LÁCTEOS A COLOMBIA
La Resolución 237/2011 precisa que se trata de leche y nata (crema) concentradas o con adición de azúcar u otro edulcorante, en polvo, gránulos o demás formas sólidas, y que deberá ingresar a ese país antes del 31 de diciembre de 2011.
Colombia otorga preferencias arancelarias a la Argentina sobre el arancel vigente para terceros países y, en materia de productos lácteos, se aplican sobre un cupo anual, que en 2011 es de 1.845 t con una preferencia arancelaria del 54%.


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