19 de septiembre 2014 - 00:00

Licencia por enfermedad familiar, cerca de ser ley

Comisiones del Senado emitieron ayer dictamen favorable a un proyecto que incorpora a la Ley de Contrato de Trabajo las licencias por enfermedad o accidente del cónyugue, hijo o padres a cargo del trabajador por un plazo de 10 días por año.

El tema fue tratado ayer a la mañana en la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara alta, que preside la senadora María de los Ángeles Higonet, por el justicialismo de La Pampa.

Higonet explicó que actualmente rigen las licencias especiales por nacimiento, por matrimonio, por fallecimiento de cónyugue o hermano y que lo que se busca con la incorporación del inciso F al artículo 158 del contrato de trabajo es extender ese beneficio en casos de enfermedad de familiares.

La modificación aprobada ayer en comisión permite otorgar licencia por el límite de 10 días por año para el trabajador en caso de enfermedad o accidente de una persona unida en aparente matrimonio, por hijo o padres.

También determina que en caso de tratamientos médicos que deban realizarse a un familiar fuera de la provincia en la que residen, la licencia podría extenderse por otros 10 días.

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