28 de noviembre 2008 - 00:00

Lo que hay que cambiar para evitar otra crisis

La actual crisis financiera global es única y no tieneparangón con otras anteriores. Una causa general, común a las últimas crisis, radica en la liberación y desregulación de los mercados financieros, junto con la interconexión global e instantánea de los mismos mercados. En conjunto posibilitaron la transmisión fluida de capitales por el mundo.

Desde mediados de agostode 2007, la crisis se « contagió» a casi todos los países porque los créditos hipotecarios subprime que colapsaron en los EE.UU. se habían globalizado antes merced a la «ingeniería financiera», que desdeñó informes sobre solvencia de los deudores, el estudio de sus capacidades de pago y otros recaudos debidos. Esos créditos fueron transformados en títulos valores electrónicos, multiplicables y cotizables en Bolsas, riesgosos y susceptibles de causar los daños económicos que hoy se están padeciendo por doquier.

El gran crecimiento de los vehículos de inversión colectiva, bancos de inversión y hedge funds (fondos de coberturade riesgo) contribuyó a ello con las famosas « burbujas», de las que mucho se ha hablado, pero poco se ha explicado.

  • Recursos aplicados

  • Para peor se aplicaron otros recursos: 1°) el apalancamiento ( leverage buy out: i.b.o.), un mecanismo de financiación carente de normas en nuestro país y prohibido o limitado en otros. Consiste en fondearse en entidades bancarias, a bajos costos, con préstamos a veces obtenidos en otros países y pocos requisitos para otorgar créditos. Se realizan las operaciones con los dineros prestados y bajo promesa de su repago al banco acreedor con las utilidades futuras del negocio que se emprenderá, lo cual se opone a toda sana política bancaria crediticia;

    2°) se permitió a particulares crear los títulos a su voluntad y con prescindencia de una ley de emisión que los reglamentase contemplando las causas y especificando sus requisitos;

    3°) el encapsulamiento y la atomización de los títulos por medio de estructuras de stripping (obligaciones desmanteladas o en franja -stripsdonde se separan las partes de capital e intereses para venderlos en forma separada, con diferentes tasas de interés por cupón), para la ampliación de potenciales inversores por el mundo; y

    4°) la posibilidad que se dio a los bancos de intervenir en los mercados de capitales, haciendo cotizar sus acciones, o actuar como operadores en ellos.

    Estas cosas ocurrieron en EE.UU. y también están permitidas en nuestro país.

    Así, la «toxicidad» se difundió velozmente por el planeta y el crédito se atomizó: el inversor perdió de vista el sustrato económico originario que lo garantizaba, quedándose con insuficiente información sobre los riesgos implicados, falta de transparencia y tan solo con la confianza en las entidades financieras participantes, ya que también hubo deficiencias e incoordinación de entes supervisores, junto a la natural inexistencia de control en el plano internacional y deficientes calificaciones de riesgo de empresas especializadas.

    Difundir lo que pasó, cómo y por qué ocurrió será útil a fin de ir pensando una nueva reglamentación bancaria y bursátil, que podría irse pergeñando en la medida en que se tome conciencia de las fallas y los errores cometidos.

  • La futura reglamentación

    Como no parece fácil que la crisis termine pronto ni mágicamente, es conveniente ir preparando la legislación con vistas al futuro. Teniendo todo ello en cuenta, cabe efectuar la siguiente contribución a una reforma reglamentaria preventiva de las crisis:

    1. Los problemas de liquidez bancaria se han solucionado con el auxilio de las bancas centrales, que han preservado el sistema. Por tanto ellas deben seguir ejerciendo sus facultades discrecionales.

    2. Acorde con la experiencia estadounidense, deberá preferirse la capitalización de los bancos en dificultades, o su estatización con fondos públicos para la adquisición de sus acciones, en vez de rescatar los activos «tóxicos».

    3. Como no existen autoridades legislativas, judiciales, ni administrativas supervisoras de las entidades en el campo internacional o en el ciberespacio donde actúan, deberá profundizarse la cooperación entre los países.

    4. Es prioritario que se modifiquen las pautas para la participación de los bancos en las Bolsas y la actuación de los hedge funds en la economía real.

    5. La nueva reglamentación deberá limitar y condicionar el apalancamiento bancario, como ya está vedado o restringido en otros países.

    6. La creación de títulos valores merced a la sola voluntad de particulares deberá reglamentarse y controlarse, requiriéndose autorizaciónal efecto, la que deberárodearse de requisitos tendientes a asegurar la transparencia y la debida información sobre los activos subyacentes a los inversores y clientes de los bancos y Bolsas de valores.

    7. Deberá prevenirse la aparición de nuevas « ingenierías financieras», para lo cual: (i) habrá que asegurar que se concedan créditos a quienes puedan pagarlos, (ii) que no se vendan ni compren activos «tóxicos» o contaminados, y (iii) quienes infrinjan estas finalidades deberán ser responsabilizados, revisándose la legislación aplicable hacia un encuadre concursal y penal de las conductas lesivas.

    8. Será conveniente conservar la supervisión del sistema financiero, los indicadores de alertas anticipadas, el seguro de depósitos y los préstamos de última instancia.

    * Doctor en Derecho (UBA) y profesor titular regular de Derecho Comercial (UBA).
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