23 de septiembre 2011 - 00:00

Más causas para quitar registro a conductores

Los legisladores porteños aprobaron ayer una ley que agrega causas para que les sea retirada la licencia a los conductores, durante un debate en el cual se modificaron varios puntos del proyecto original, como por ejemplo que no se incorpore como pena la quita del registro por no contar con seguro.

La norma que se aprobó consiste en una adecuación de las leyes porteñas a la ley nacional de tránsito, a la cual adhirió la Ciudad de Buenos Aires, y se fundamentó con el propósito de «concientizar a los eventuales infractores de tránsito» y «poner en pie de igualdad ante la ley a los ciudadanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con aquellos ciudadanos que obtuvieron sus licencias para conducir en otras jurisdicciones».

Modificaciones

El proyecto, en particular, fue modificándose en el recinto y cada artículo contó con una cantidad de votos diferentes. La iniciativa fue de la legisladora del PRO, María Raquel Herrero.

Así, la ley agrega causas a las ya establecidas en el Código de Tránsito para la «Retención Preventiva»:

  • Cuando el conductor supere los límites de alcohol en sangre establecidos.

  • Cuando se superen los límites de velocidad máximos vigentes. Sólo procede la retención de la licencia cuando se supere el mismo en más de 40 km/h.

  • Cuando se viole la prohibición de paso indicada por un semáforo superando los límites de velocidad máximos.

  • Cuando se circule en motocicleta sin que alguno de sus ocupantes utilice correctamente colocado y sujetado el casco reglamentario.

  • Cuando se circule por el carril exclusivo correspondiente al Metrobús sin estar autorizado a hacerlo.

  • Cuando se circule por las ciclovías sin estar autorizado a hacerlo, salvo cuando el conductor por razones de emergencia así lo justifique y sea al solo efecto de detenerse.

  • Cuando el conductor de un vehículo cruce o inicie el cruce de vías férreas mientras las barreras estén bajas o el paso no esté expedito.

    Ese último caso, obtuvo 39 votos a favor, de totalidad de los diputados presentes en la sesión de ayer, que fue conducida por Julio Raffo, de Proyecto Sur, ante la ausencia del vicepresidente primero, Oscar Moscariello, quien desde ayer a la tarde reemplaza a Mauricio Macri, que partió fuera del país.

    En los casos agregados por los legisladores, los conductores recibirán una citación, que les permitirá seguir manejando sin registro solamente por 40 días. Esa modalidad los legisladores la explicaron agregando un artículo sobre la «Boleta de citación del inculpado» que sostiene que «cuando se hubiere procedido a la retención de la licencia de conducir en los casos contemplados», la autoridad de control entregará en su lugar la boleta de citación y «dicho documento habilitará al presunto infractor para conducir el mismo tipo de vehículo sólo por un plazo máximo de cuarenta días corridos, contados a partir de la fecha de su confección». A partir de allí, cuando la nueva ley esté vigente una vez que la promulgue Mauricio Macri, la Autoridad de Control remitirá los registros que retuvo a la Dirección General de Administración de Infracciones «en un plazo no mayor de 24 horas».

    El titular de la Comisión de Tránsito y Transporte, Claudio Palmeyro (taxistas, PJ), aclaró que el expediente ya se había presentado en comisión «hace muchos meses que nada tiene que ver con el lamentable accidente ocurrido en el barrio de Flores. Lo que estamos propiciando es incorporar al Código de Tránsito directivas de la Agencia Nacional de Seguridad Vial. Estas incorporaciones son las mismas causales que se agregaron a la Ley Nacional de Tránsito. No se está propiciando modificación al Código Contravencional ni de Faltas».

    El despacho original tuvo varias observaciones. La legisladora Diana Maffía, de la Coalición Cívica, por ejemplo destacó que «el proyecto delega en el Ejecutivo establecer el procedimiento de recuperación de la licencia retenida» y que esa delegación no le garantiza al presunto infractor «bajo qué condiciones le será devuelta la licencia y qué derechos le asisten para recuperarla frente a los excesos de la administración».


  • Las causales se agregan a las ya establecidas sobre la retención de licencias vencidas o adulteradas, o que no se ajusten a la edad del conductor, o cuando quien maneja se encuentre inhabilitado.

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