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Obvio: la Corte se blinda ante reformistas
El acuerdo de ministros de ayer fue trascendente no sólo por las sentencias de tinte político sino por los silencios. Los justices finalmente pusieron fin al suspenso por el destino de la institución de la "cosa juzgada" que llegó hasta la Corte por un planteo del exjuez Juan José Galeano, que pedía no ir al segundo juicio por la causa AMIA porque alegaba que ya había sido sobreseído. Ante la imposibilidad de lograr tres posiciones similares, la Corte recurrió al artículo 280 que ejemplifica como pocas normas el carácter supremo del tribunal: habilita a los ministros a no tratar cuestiones sin tener que justificar su decisión.
La Corte no entró en el debate de la "cosa juzgada", no fijó doctrina, pero dejó vigente el antecedente que firmaron los jueces de la Casación Penal federal Juan Carlos Gemignani y Eduardo Riggi: ambos han sostenido que si un sobreseimiento se encuentra viciado es sensible de ser revisado. Un mensaje sutil para funcionarios involucrados en tramas complejas, especialmente si se complementa con el llamado al concurso - firmado en el acuerdo de ayer también- para integrar el cuerpo de peritos dedicados a investigar causas de corrupción. Para tener en cuenta: la creación de ese cuerpo fue a fines de 2014 la respuesta frontal de la Corte al anuncio de la reforma Procesal Penal, la misma reforma cuya aplicación comienza a desembarcar en el Congreso.
Los ministros ayer tampoco perdieron la oportunidad de reforzar la posición contraria a una ampliación de la Corte. Poco importó el mensaje de Aníbal Fernández del pasado lunes, quien desestimó planes reformistas. Los justices conocen que el poder de decisión en el Gobierno está absolutamente concentrado y que el mensaje del jefe de Gabinete no otorga certezas, especialmente luego de ciertas conversaciones iniciadas por Carlos Zannini.
Un litigio iniciado por el Colegio de Abogados de Tucumán que reclamaba por reformas en la Magistratura provincial, fue la oportunidad que vieron los ministros para emitir un fallo que quiebra las nociones clásicas de control de constitucionalidad. En última instancia, la Corte se convierte casi en un constituyente en tiempo completo porque ahora tiene la facultad de definir sobre el contenido de la Constitución. La ventana de oportunidad es enorme porque los ministros señalaron aquellas reformas que pudieran afectar los principios republicanos. El horizonte es enorme: desde cuestiones de libertad de expresión hasta de materia electoral, nada escapa a la capacidad de influencia del cuarto piso.
El preludio más evidente de este fallo fueron las sentencias que en el segundo semestre de 2014 la Corte emitió en casos referidos al acceso a la información. El kirchnerismo temía que el destino final de esas rúbricas fuera una orden a YPF para mostrar su contrato con Chevron, ya que se consagraba el derecho de los particulares a reclamar información sin que necesariamente fueran parte de un caso. El episodio final de la saga es ahora más inquietante a nivel político que económico porque se constituye como el aviso formal de que cualquier intento de modificación en la naturaleza del tribunal es sensible de quedar judicializado con un desenlace esperable.


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