- ámbito
- Edición Impresa
Oficial: avanzan con multas y clausuras
El Gobierno obtuvo fotos en supermercados donde faltaron en los últimos 15 días productos del acuerdo firmado el 6 de enero pasado.
Por ahora, además, el Ejecutivo tiene en mente avanzar con la ley de Defensa de la Competencia, y no por la más dura Ley de Abastecimiento, por dos motivos. El primero es que la primera es de más fácil ejecución y de penalidades más fáciles de aplicar. El segundo es que la Ley de Abastecimiento es en sus multas fácilmente apelable ante la Justicia y durante todos los años de kirchnerismo fue impracticable, al menos en las embestidas que encaraba cual cruzado Guillermo Moreno. Por ahora, las empresas que fueron sancionadas, y que tienen ahora un período de apelación para que no se les aplique la ley, son todas firmantes del acuerdo de precios controlados. Sin embargo, Economía quiere extender la ejecución a empresas de otros rubros que hayan subido los precios más allá de lo cerrado con el Gobierno (o directamente que hayan subido o suban sus valores en el futuro más de lo que para el ministerio es lógico). En la mira están corralones, electrodomésticos, medicamentos, acerías y, eventualmente, las terminales automotrices y las concesionarias.
Puntualmente, desde Economía se avanza en la ejecución del artículo 1 de la norma aprobada en agosto de 1999 (cuando aún Carlos Menem era presidente), y donde se especifica que están prohibidos los actos que "tengan por objeto limitar, restringir, falsear o distorsionar la competencia o el acceso al mercado o que constituyan abuso de una posición dominante en un mercado, de modo que pueda resultar perjuicio para el interés económico general". Según la visión de Economía, que aplicará la ley a través de la secretaría de Costa, el hecho de no abastecer las góndolas o aumentar los precios no respetando los valores del listado firmado y presentado el lunes 6 de enero pasado violaría ese artículo.
Luego, se estaría alterando además el punto número 2 de la norma que menciona que también está prohibido "fijar, concertar o manipular en forma directa o indirecta el precio de venta o compra de bienes al que se ofrecen o demanden en el mercado" o "establecer obligaciones de producir, procesar, distribuir, comprar o comercializar sólo una cantidad restringida o limitada de bienes". Siguiendo la letra fina de la ley, con no entregar mercadería o reducir la producción o la distribución de éstos se estaría violando la norma.
La sanción mínima que autorizaría la aplicación de la ley comienza por una multa que consiste en que la empresa afectada deberá pagar todo el beneficio que haya obtenido por la "actividad prohibida", más un monto que puede ir de los $ 10.000 a los $ 150 millones, según lo aprobado por el Congreso en 1999. En el caso de las compañías que hayan subido precios, deberían pagar el diferencial entre el aumento y el valor firmado en el acuerdo de precios del 6 de enero, más un monto que la Secretaría de Comercio determine. Por ahora, en el caso de las 31 empresas en la mira de Kicillof, ésta sería la sanción en mente. En todos los casos, los comerciantes y productores podrán apelar dentro de los 15 días hábiles de notificada la aplicación. Si se encuentra a las empresas como reincidentes, la aplicación podría avanzar hasta las clausuras temporales de locales o plantas de producción. Además, el Gobierno amenaza con abrir importaciones y dejar de lado beneficios fiscales y crediticios. Algo de esto están experimentando los productores y los hombres del campo. Desde hace unos 15 días todos los préstamos y los beneficios del Banco Nación están automáticamente suspendidos, incluyendo las líneas a los proveedores del sector primario. Ahora en la mira están los fabricantes de electrodomésticos de Tierra del Fuego.


Dejá tu comentario