5 de junio 2014 - 00:00

Ordenan cubrir un tratamiento de fertilización

El Tribunal Superior de Justicia de Río Negro confirmó un amparo dictado por la Cámara del Trabajo de Bariloche y ordenó a una empresa de medicina prepaga la cobertura integral a una afiliada que necesita un tratamiento de fertilización asistida de alta complejidad, con donación de óvulos.

La disposición del alto atribunal se enmarca en los alcances de la Ley nacional 28.862, de acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida. Previo al fallo, los magistrados rechazaron el recurso de apelación interpuesto por la empresa Medicus, basado en un planteo de supuesta inconstitucionalidad de la referida norma legal. Para los jueces, que firman la sentencia, "negarse a reconocer que la infertilidad es un problema relacionado con la salud implica desconocer el avance científico existente en el tema".

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