4 de agosto 2009 - 00:00

Postergan sanciones por relevamiento de riesgos laborales

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo modificó el contrato de adhesión del seguro por parte del empleador con las aseguradoras de riesgos del trabajo a través de la Res. 463/09, creando un nuevo modelo de solicitud de afiliación que contiene datos relativos al empleador, sus trabajadores y de la aseguradora con un detalle exhaustivo de las actividades desarrolladas, el tipo de riesgo que pueden implicar éstas y las medidas precautorias adoptadas. El contrato firmado debe registrarse por parte de las ART en el Registro de Contratos de la Superintendencia y tendrá vigencia por el término de un año. Rige desde agosto.

Por otra parte, sustituyó el art. 20 de la Res. 463/09, mediante Res. 529/09, disponiendo que los empleadores que incumplan la obligación de presentar el relevamiento general de los riesgos del trabajo y el plan de regularización por incumplimientos se verán afectados por el incremento de las alícuotas que les correspondan en un 50% en la renovación contractual. Ahora se prorrogó la aplicación de esta sanción por el plazo de seis meses, según surge de la Res. 771/09. Asimismo, se determinó que el empleador que registre más de 50 establecimientos también podrá solicitar la aplicación de la prórroga antes citada.

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