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Rechaza amparo de UCR contra las primarias
María Servini de Cubría
Servini desestimó el planteo opositor al entender que no está estipulado un plazo para la reglamentación de la Ley 26.571. Y agregó que no está dentro de las facultades de la Justicia inmiscuirse en la labor de los otros poderes del Estado.
La UCR había presentado una acción de amparo ante la Justicia electoral para que se instase a la presidente Cristina de Kirchner a terminar de definir los aspectos pendientes de la normativa, en particular, los relacionados con las internas abiertas y simultáneas del 14 de agosto. La presentación se había realizado en diciembre a cargo del apoderado del partido, Gabino Tapia, y del abogado constitucionalista Félix Loñ.
Para Servini, que tiene competencia en el distrito electoral de la Capital Federal, «no existe mandato legal alguno que establezca un límite temporal dentro del cual el Poder Ejecutivo debe reglamentar» la ley. En esa línea, sostiene que «la decisión de producir dicha reglamentación y el momento en que habrá de dictarse corresponderá a la oportunidad de mérito y conveniencia» dispuestos por el Gobierno.
«La facultad de reglamentar las leyes sancionadas por el Congreso de la Nación corresponde -por mandato constitucional- al Poder Ejecutivo nacional, no siendo misión del Poder Judicial de la Nación inmiscuirse en las funciones ni en el ámbito de exclusiva competencia de los otros poderes del Estado, so riesgo de violar el principio de división de poderes, que caracteriza nuestra organización republicana», añade la magistrada en su resolución.
También destaca que las objeciones expuestas por la UCR en cuanto a puntos «oscuros» y no resueltos por el Ejecutivo son todavía «hipótesis de situaciones no consumadas, las que en caso de producirse -una vez iniciado el proceso electoral de elecciones internas, abiertas y simultáneas- deberán analizarse frente a un caso concreto en la oportunidad que corresponda».
«A medida que se produzca el desarrollo del cronograma electoral y se avance en el cumplimiento de cada etapa de su calendario, podrán hacerse los planteos que cada interesado estime pertinentes, a efectos de hacer valer sus derechos de cara a los citados comicios y en relación con las obligaciones que deben cumplirse en cada etapa del proceso electoral en cuestión», agrega Servini.


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