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Rechazó Procuración un sindicato policial
Alejandra Gils Carbó
Las normas internacionales que tratan específicamente los derechos sindicales acogen expresamente las especiales características de la actividad y de la funciones realizadas por las fuerzas policiales, consideró la procuradora Alejandra Gils Carbó.
En esa línea, advirtió que en el país no hay una ley específica al respecto, en el dictamen no vinculante entregado al máximo tribunal del país, y que sienta precedente para aspiraciones en ese sentido vehiculizadas por otras agrupaciones de efectivos de distintos puntos del país.
Por eso dictaminó a favor de confirmar el fallo y rechazar el planteo de inscripción gremial.
Los pactos internacionales en la materia delegan en los Estados miembro la armonización de los derechos sindicales con los restantes valores jurídicos y derechos en juego, agregó.
Sólo en el amplio marco de un debate legislativo puede establecerse una ponderación que considere la totalidad de los intereses involucrados y no meramente los emergentes en el contexto de un caso judicial concreto, evaluó.
En paralelo, advirtió que esas tareas, por su naturaleza, sólo pueden ser efectuadas por los poderes políticos y su inactividad no puede ser suplida, al menos en este caso, por la actuación judicial en el acotado marco de una causa.
En el marco de la causa Sindicato Policial Buenos Aires c/ Ministerio de Trabajo s/ Ley de Asociaciones Sindicales, la agrupación había solicitado la inscripción gremial, aunque su pedido fue rechazado.


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