El ex ministro de la Corte Suprema de Justicia y actual apoderado de la provincia de San Luis, Rodolfo Barra, presentó ayer una acción de amparo ante el máximo tribunal, para que se dicte una medida cautelar contra el Decreto de Necesidad y Urgencia que habilita el uso de reservas del Banco Central para el pago de vencimientos de la deuda externa en 2010.
La presentación, que también solicita que se habilite la feria judicial de verano para tratar el tema, fue enviada ayer a la Procuración General de la Nación y podría ser tratada en la reunión de acuerdo de hoy de la Corte, si el procurador Esteban Righi se pronuncia sobre el caso (lo que es poco probable, más allá de que se le dé un tratamiento urgente). A continuación, los puntos más importantes del escrito:
La acción de amparo se interpone por «expresas instrucciones» del gobernador de San Luis, Alberto Rodríguez Saá, contra el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 2010/2009 «el que resulta lesivo, de manera inminente y con arbitrariedad e inconstitucionalidad manifiesta, de los derechos de la provincia de San Luis y de los derechos de incidencia colectiva de los ciudadanos de la misma, cuya protección es ineludible de la provincia».
La acción también se dirige contra la resolución de aplicación Nº 419/09 del registro del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y, en lo que pueda considerarse aplicable al caso, incluye la petición de inconstitucionalidad e inaplicación de la Ley 26.563, de Emergencia Pública.
El escrito sostiene que la provincia está legitimada a interponer esta acción de amparo «en la defensa de su propio interés», ya que la norma impugnada somete a los ciudadanos de esa provincia «a cargas tributarias sin soporte legal válido a través de la vía indirecta» generada por el decreto objetado.
Argumenta también que ese DNU «afecta de un modo particularmente intenso el poder delegado a la Nación y autolimitado a las provincias, que la Constitución atribuye al Congreso, de hacer sellar moneda y fijar su valor», y advierte que, de no suspenderse, la medida generará el efecto de un «impuesto inflacionario», provocando «el deterioro del valor de la moneda, inflación, carga tributaria injustificada» y degrado del nivel de vida de toda la población.
Entre los fundamentos, el escrito se refiere al fallo «Halabi» de la Corte Suprema de Justicia, y señala que, como en ese caso, «se presenta aquí una clara situación de agravio a derechos de incidencia colectiva», doctrina que respalda el presidente del máximo tribunal, Ricardo Lorenzetti.
Resalta además que «las provincias -en especial la provincia de San Luis- no han delegado competencias propias al Gobierno federal para que éste la ejerza en exceso y en contra del mismo pacto federal que es origen y fundamento de la misma Constitución Nacional», así como subraya que Cristina de Kirchner dictó el DNU impugnado «en claro exceso de sus competencias constitucionales».
Destaca que «el DNU 2010/09 fue dictado después de que finalizara el período ordinario de sesiones del Congreso Nacional, sin prorrogarlas y sin convocar a sesiones extraordinarias» como establece la ley, y que el receso impide la intervención del Congreso a través de la Comisión Bicameral que evalúa los decretos de Necesidad y Urgencia. También indica que el decreto «no explica las razones de necesidad y urgencia que podrían haber justificado su dictado», cuando la fecha de la operación de crédito público «no está siquiera iniciada».
La acción de amparo además argumenta que el decreto afecta la autonomía del Banco Central, a través de una manipulación monetaria, que «trastoca el orden constitucional de un modo que sólo puede hacerlo una reforma de la ley fundamental». Y agrega que este mecanismo «por su reiterado uso llevó al país a la destrucción financiera de sus instituciones y a la hiperinflación».
Entre sus últimos fundamentos, el escrito también objeta la constitucionalidad de la prórroga de la Ley de Emergencia Pública, que fue aprobada en noviembre pasado.
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