9 de agosto 2016 - 00:11

Se sumó en Córdoba otro fallo adverso a las subas de gas

La Justicia volvió a generarle un nuevo revés al Gobierno en materia de tarifas al elevar a la Corte Suprema otro caso por la suspensión del aumento al gas con la instrucción de que su fallo se mantenga firme mientras tramita el recurso ante el máximo tribunal. La Sala B de la Cámara Civil de Córdoba imitó el "efecto devolutivo" de sus pares platenses al conceder el recurso extraordinario, pero mantuvo la medida cautelar que ordenaba frenar el tarifazo para todo el territorio en esa provincia, fallo que se cruzará ahora con lo dispuesto en La Plata, que anula las resoluciones a nivel nacional, y será el caso que tengan que atender los integrantes del máximo tribunal. Esto ocurre mientras -como adelantó Ámbito Financiero- bajan señales que anticipan un posible fallo desfavorable de la Corte y la expectativa se centra en una salida política al laberinto judicial en el que quedó inmerso el Poder Ejecutivo con los aumentos.

En paralelo, el Ministerio de Energía y Minería que conduce Juan José Aranguren y el ENRE recusaron "con causa" a la jueza Martina Forns, quien dispuso otra medida cautelar que suspendió los aumentos en el cuadro tarifario eléctrico con incidencia en todo el país. El objetivo oficial es desplazar a la jueza en lo contencioso administrativo de San Martín de la causa.

Pero la mala noticia llegó desde Córdoba, donde había una medida cautelar previa a la sentencia de la Cámara Federal de La Plata, en la que los jueces Abel Sánchez Torres, Liliana Navarro y Luis Rueda concedieron el recurso extraordinario para que el caso escale a la Corte pero mantuvieron los efectos de su fallo dictado el 4 de julio pasado. "Es conveniente que el tribunal de alzada al dictar su resolución pueda disponer la inmediata ejecución de lo sentenciado, cuando advierta que de proseguir la parte vencida en una conducta considerada perjudicial se continuarían irrogando perjuicios irreparables a la parte vencedora", fundamentó la cámara su decisión de no suspender los alcances de su cautelar, que de todas formas estaba circunscripta en lo que respecta al gas al territorio provincial.

"Concluimos que cuando se ha dictado una medida cautelar en cualquiera de las instancias previas a la Corte Suprema, ella conserva su efectividad, no obstante la interposición del recurso extraordinario, hasta tanto el máximo tribunal se expida sobre él", sentenció la Sala B. En el mismo sentido, sostuvieron que no había "arbitrariedad" en lo dispuesto sino una cuestión federal que hacía viable que el caso escale a la Corte. En ese expediente están demandados el Estado nacional, el Enargas y la empresa Distribuidora Gas del Centro. La Corte tiene por un lado la demanda unificada de 46 tribunales distintos que se canalizó a través del fallo de La Plata y ahora la cautelar cordobesa.

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