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20 de abril 2009 - 09:37

Absuelven a joven que tenía marihuana en su casa para consumo personal

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Un joven que había sido procesado luego de un procedimiento en su casa, donde la Policía secuestró ocho gramos de marihuana, fue absuelto de culpa y cargo durante un juicio oral y público, luego de que la Fiscalía dictaminara que en el caso no hubo delito, porque la droga estaba en un ámbito privado y no se puso en peligro la salud pública.

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Este caso se inició en la tarde del 14 de abril de 2006, en una casa de la calle 19 de la ciudad de La Plata.

Allí se hizo un procedimiento dispuesto por la Justicia Penal platense, durante el cual se detuvo a un joven de 25 años, que tenía la marihuana y elementos para consumirla.

Durante el debate oral y público, celebrado en el juzgado Correccional III, a cargo de la jueza Graciela Buscarini, el abogado defensor Marcelo Peña planteó la absolución de su cliente.

El letrado explicó que se trata de un caso de "atipicidad", es decir, no hubo conducta delictiva, ya que "no se ha vulnerado el bien jurídico tutelado: la salud pública".

La fiscal de Juicio Florencia Budiño, luego de escuchar la prueba ofrecida en el debate, concluyó que el caso en juzgamiento "constituye la figura descripta en el segundo párrafo del artículo 14" de la Ley de Estupefacientes, que castiga la tenencia para uso personal.

En ese sentido, la representante del ministerio público, al igual que Peña, planteó la "atipicidad" porque la marihuana fue encontrada "dentro de un domicilio, en una alacena, esto significa que ni siquiera estaba a la vista".

La fiscal remarcó que inclusive el imputado "reconoció tener un problema de adicción y que tenía en su casa una cantidad razonable para el consumo de una persona".

Esta circunstancia, sumada a la forma en que se condujo el procesado en el momento del procedimiento, al llegar a su casa no opuso resistencia y se entregó, deben ser tomadas en cuenta para ordenar la absolución, según surge del alegato de la fiscal.

También citó lo dicho por el procurador general de la Nación, Esteban Righi, en la causa "Capalbo", donde consideró a las figuras en cuestión como de "peligro abstracto porque nadie puede saber cuál es el destino de la droga".

"En el caso en mención más allá que queda en el ámbito de la privacidad la tenencia de la droga dentro del domicilio, en el que ahora se juzga estaba justificada por la poca cantidad y el carácter de adicto del imputado", precisó la doctora Budiño.

También citó un dictamen emitido el año pasado por la procuradora María del Carmen Falbo, en el cual destacó que "es central acreditar la afectación del bien jurídico que es la salud pública y que a un número indeterminado de personas se los involucre, es decir, que se vean tentadas al consumo de estupefacientes", circunstancias que a criterio de la fiscalía y la defensa no se dan en la presente causa.

Por estos motivos y la fiscal desistió de formular la acusación y la jueza Buscarini adelantó que se pronunciará veredicto absolutorio.

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