La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) oficializó una nueva prórroga para un trámite vinculado con la Asignación por Embarazo para Protección Social. A través de la Resolución 194/2026, publicada en el Boletín Oficial, el organismo extendió por un año más el régimen excepcional que obliga a presentar la solicitud de manera presencial cuando el sistema no dispone de la información necesaria sobre su inscripción en el Programa Sumar.
La medida no modifica los requisitos generales para acceder al beneficio ni crea una nueva prestación. Lo que hace es extender el plazo durante el cual continuará vigente este mecanismo excepcional de presentación presencial para aquellos casos en los que ANSES no pueda validar automáticamente la información sanitaria de la persona.
La decisión alcanza exclusivamente a las situaciones contempladas por la Resolución 1273/2024 y mantiene el esquema que ya había sido prorrogado durante 2025. Según explicó el organismo, todavía no concluyeron las tareas destinadas a mejorar el intercambio de información con el Ministerio de Salud, motivo por el cual se resolvió mantener este procedimiento extraordinario.
Resolución 194/2026: El Gobierno oficializó la prórroga de la Asignación por Embarazo
La Resolución 194/2026 prorroga el plazo previsto en el artículo 4° de la Resolución 1273/2024, que regula la modalidad de presentación de solicitudes cuando ANSES no cuenta con la información correspondiente sobre las personas gestantes inscriptas en el Programa Sumar.
En esos casos, la solicitud debe realizarse de manera presencial en una oficina del organismo. La medida tiene carácter excepcional y únicamente alcanza a quienes no pueden ser validados mediante el intercambio automático de datos entre los distintos organismos públicos.
La asignación consiste en una prestación monetaria mensual no contributiva. Entre la semana 12 y la última semana de gestación se liquida el 80% del monto mensual, mientras que el 20% restante se paga una vez finalizado el embarazo, siempre que se acrediten la finalización de la gestación y los controles médicos establecidos por el Programa Sumar.
La resolución también faculta a las áreas técnicas de ANSES para dictar las normas complementarias necesarias para implementar la prórroga y mantener operativo el procedimiento administrativo mientras continúan los trabajos de integración de información.
¿Hasta qué fecha se extendió el trámite excepcional en ANSES?
Con la nueva resolución, el régimen excepcional permanecerá vigente hasta el 2 de julio de 2027 inclusive. Ese plazo reemplaza al anterior, que vencía el 2 de julio de 2026 y había sido establecido mediante la Resolución 259/2025.
Es importante aclarar que la prórroga no implica que todas las personas gestantes deban concurrir presencialmente a una oficina de ANSES. El trámite presencial únicamente continúa siendo obligatorio cuando el organismo no dispone de la información necesaria para verificar la inscripción en el Programa Sumar mediante sus sistemas informáticos.
Quienes cumplen los requisitos generales para acceder a la prestación deben tener un embarazo de al menos 12 semanas, estar inscriptas en el Programa Sumar+, no contar con obra social, salvo las excepciones previstas por la normativa, y cumplir las condiciones de residencia y documentación establecidas por ANSES.
Además, la legislación establece que la prestación puede abonarse por un máximo de nueve mensualidades y que el pago del complemento retenido depende de la acreditación de los controles médicos correspondientes.
Por qué el Gobierno decidió prorrogar el plazo un año más
En los fundamentos de la Resolución 194/2026, ANSES explica que todavía continúan las acciones destinadas a optimizar el intercambio de información con el Ministerio de Salud respecto de las personas gestantes registradas en el Programa Sumar. Mientras ese proceso no finalice, el organismo considera necesario mantener vigente el mecanismo excepcional de presentación presencial.
El objetivo es evitar que quienes reúnen los requisitos para acceder a la Asignación por Embarazo queden impedidas de iniciar el trámite por problemas vinculados con la disponibilidad o validación de la información. De esta manera, el régimen excepcional sigue funcionando como una alternativa para garantizar el acceso al beneficio cuando el intercambio automático de datos no resulta suficiente.