ARCA decidió publicar unas respuestas a las preguntas frecuentes sobre el IVA Simple, el esquema que va a reemplazar progresivamente a las declaraciones juradas tradicionales. Lo que busca esta actualización es darles una mayor previsibilidad a los contadores y contribuyentes en la transición.
Este sistema unifica en un solo formulario la presentación del impuesto al valor agregado y reordena las etapas de carga. A través de sus canales oficiales, ARCA explicó cómo operar con el nuevo esquema y cuáles son las principales modificaciones.
Los inconvenientes que ARCA aclara sobre el IVA Simple
El organismo recopiló los principales problemas para ayudar a la gente:
Presentación del Libro IVA Digital
El organismo informó que al darle a "Finalizar" en el Módulo de Registración, se considera cumplida la presentación del Libro IVA Digital. Ya después de eso se puede continuar en el Portal IVA para completar el F.2051.
Período de transición
Hasta octubre de 2025 se aceptan también los formularios F.731, F.2002 o F.810. A partir de noviembre todo deberá ingresarse con F.2051 o IVA Simple.
Manejo de devoluciones y transferencias
Las devoluciones o transferencias deben declararse en "Administración de Saldos", en el apartado correspondiente al período anterior.
Carga de productos en facturas
Las operaciones no se informan artículo por artículo sino por totales y alícuotas en el Libro IVA Digital.
Compras y ventas exentas o a monotributistas
Estas operaciones solo se cargan en el primer módulo del Libro IVA y aparecen totalizadas en la vista previa del IVA Simple.
Rectificaciones durante la transición
Mientras dure el período de adaptación, se van a poder hacer las rectificativas usando los mismos formularios (F.2002, F.731 o F.810) aunque la original se haya hecho con F.2051.
Prorrateo de crédito fiscal
El sistema incorpora nuevas opciones para prorratear el crédito fiscal computable, con pestañas específicas para diferenciar la asignación directa, la global y la no computable.
Claves de archivos .csv
Las ventas gravadas deben clasificarse por actividad, alícuota y concepto. El tipo de operación se codifica con "1" para ventas comunes, "2" para bienes de uso y "3" para exentas o no gravadas.
Aclaraciones sobre la forma de pago
Sobre las formas de pago, ARCA informó esto:
Generación del VEP
El Volante Electrónico de Pago puede emitirse directamente desde el Portal IVA, desde el ícono "$" en la sección "Declaraciones Juradas Presentadas" o desde "Presentación de DDJJ y Pagos" eligiendo "Nuevo VEP".
Campo "Apertura de otros conceptos"
Desde junio de 2025 se incorporó este apartado para detallar las compras y ventas que generan crédito y débito fiscal discriminando las alícuota, tipo de sujeto y actividad.
Ajuste Crédito Fiscal Computable Anual
Este ajuste tiene que registrarse en el primer módulo "Registración Electrónica de Operaciones" del Libro IVA Digital. Ahí mismo se habilitó un menú específico para estos movimientos.
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