El Banco Central solicitó a la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC) que se investiguen as actividades del “trader” Edgar Adhemar Bacchiani, titular de la financiera “Adhemar Capital SRL”, bajo la sospecha de que que desarrolle una estafa piramidal bajo la cobertura de supuestas inversiones en criptomonedas.
El Banco Central pidió que se investigue a trader por estafa piramidal
El Banco Central solicitó a la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC) que se investiguen as actividades del "trader" Edgar Adhemar Bacchiani, titular de la financiera "Adhemar Capital SRL", bajo la sospecha de que que desarrolle una estafa piramidal bajo la cobertura de supuestas inversiones en criptomonedas.
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Según el medio El Ancasti, entre el 28 de agosto y el 31 de diciembre de 2020, la rentabilidad obtenida por Adhemar Capital en la especulación con activos virtuales fue "significativamente inferior" a la que la firma abonó a sus clientes de mayor envergadura, determinó la auditoría que realizaron funcionarios de la Gerencia de Fiscalización de Actividades No Autorizadas de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias de la entidad.
De acuerdo con el informe preliminar, la financiera se comprometió a pagarles a sus clientes más importantes intereses tres veces superiores a los que obtuvo en la especulación con criptomonedas en el período analizado.
Además, según el medio local, conforme al análisis de la contabilidad de Adhemar Capital en el lapso operativo que el BCRA califica como “irregular”, los intereses pactados y pagados “a clientes observados como mayores” fluctuaron entre el 12 y el 18% mensual de acuerdo al monto invertido, lo que equivale a tasas nominales anuales de entre el 146 y el 219%. “Esta situación –señala el BCRA- se contrasta con los datos obtenidos de los registros contables en su conjunto”.
En los 125 días que abarcó el estudio, la tasa de rendimiento promedio de “Adhemar Capital” en la apuesta cripto fue del 28,12%, “lo que es equivalente a una tasa efectiva mensual del 6,13%”.
“Llevado a términos de tasa nominal anual, del 74,55%, bastante inferior a las tasas” abonadas a los inversores más grandes.
Su conducta, para el BCRA, podría encuadrarse penalmente como “un abuso en el uso autorizado de los fondos que le han sido confiados”. El delito está tipificado en el artículo 173, inciso 7, del Código Penal y sanciona a quien “tuviera a su cargo el manejo, la administración o el cuidado de bienes o intereses pecuniarios ajenos, y con el fin de procurar para sí o para un tercero un lucro indebido o para causar daño, violare sus deberes, perjudicare los intereses confiados u obligare abusivamente al titular de estos”.
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