La Ley Brisa representa una reparación económica mensual para niñas, niños y adolescentes cuyos progenitores hayan muerto como consecuencia de un femicidio o de un homicidio en un contexto de violencia intrafamiliar o de género. El beneficio está contemplado en la Ley 27.452 y alcanza también a personas con discapacidad sin límite de edad.
El trámite se gestiona con intervención de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). El organismo recibe la documentación en sus oficinas y genera el expediente que después sigue su tratamiento ante los organismos correspondientes. La prestación es mensual y equivale a una jubilación mínima, por lo que su valor se actualiza con la movilidad previsional.
¿Cuánto se cobra por la Ley Brisa por cada menor?
La reparación económica equivale a un haber jubilatorio mínimo por cada beneficiario. No se trata de un monto fijo establecido en pesos dentro de la ley, sino de una suma que se actualiza cuando cambia el haber mínimo previsional. En agosto, la jubilación mínima es de $419.775,93, por lo que ese es el importe mensual correspondiente a cada menor. Si hay más de un hijo o hija que cumple los requisitos, la reparación corresponde individualmente a cada uno.
La ley establece que el pago tiene carácter mensual y que la prestación es inembargable. El derecho tiene retroactividad al momento en que ocurrió el delito. Para hechos ocurridos antes de la promulgación de la Ley 27.452, el pago se reconoce desde el 26 de julio de 2018, fecha en la que la norma fue promulgada.
¿Hasta qué edad se percibe la pensión de ANSES?
Pueden ser titulares las personas menores de 21 años que sean hijos de una madre fallecida por femicidio, a causa de violencia intrafamiliar o de género. La norma contempla una excepción importante para las personas con discapacidad. En esos casos, la reparación puede cobrarse sin límite de edad.
Mientras el titular es menor de 18 años, el dinero es percibido por quien tenga a su cargo al niño, niña o adolescente, como un guardador, tutor, curador o adoptante. Una vez cumplidos los 18 años, el propio titular pasa a percibir directamente la prestación. La ley establece que la reparación solamente se extingue en determinadas circunstancias vinculadas con el proceso penal, como el sobreseimiento o la absolución del progenitor o progenitor afín procesado por el homicidio, por ejemplo.
¿Qué documentación se necesita para iniciar la solicitud?
Para empezar el trámite hay que reunir documentación que permita acreditar tanto el vínculo como el fallecimiento y las circunstancias en las que ocurrió el delito. Se debe presentar el certificado o partida de defunción de la víctima, o el certificado de presunción de fallecimiento cuando corresponda. También se requiere documentación relacionada con la causa judicial: puede ser una copia del auto de procesamiento, del auto de elevación a juicio oral o de la sentencia de condena firme, según el estado del expediente. Si el autor del femicidio u homicidio falleció, se debe presentar la resolución o archivo que determine la finalización del proceso penal.
Cuando el beneficiario es menor de 18 años, quien realiza el trámite debe acreditar su representación legal. Para eso se solicita el DNI del representante, en original y copia, junto con el testimonio, sentencia o certificado de guarda, tutela, adopción o curatela expedido por la autoridad correspondiente.
Además, se deben completar los formularios de la Ley 27.452. El Formulario 1 funciona como listado de documentación y es completado por el personal de ANSES durante la atención. El Formulario 2 corresponde a la solicitud de la reparación y debe ser firmado frente al agente del organismo. El Formulario 3 es un acta de compromiso sobre el uso de los fondos, con carácter de declaración jurada. El procedimiento es gratuito. La documentación se tiene que presentar en una oficina de ANSES y previamente hay que pedir un turno por internet.
¿Se puede cobrar la Ley Brisa junto con la AUH?
Sí. La Reparación Económica de la Ley 27.452 es compatible con la Asignación Universal por Hijo (AUH). La propia ley establece que puede percibirse junto con la AUH, el régimen de Asignaciones Familiares, ciertas pensiones destinadas a niñas, niños y adolescentes, alimentos abonados por familiares y otras prestaciones de las que sean titulares.
Esto significa que una familia no pierde automáticamente la AUH por acceder a la reparación económica. Son prestaciones diferentes y responden a objetivos distintos. La AUH forma parte del sistema de asignaciones familiares, y la Ley Brisa constituye una reparación económica para quienes quedaron en situación de vulnerabilidad.