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Sin embargo, el Código Procesal de Buenos Aires organizado y defendido por José María Díaz Bancalari -entonces ministro y ahora bastión K-e impulsado por Arslanian bajo el emblema zaffaronista -recordar que era obligación excarcelar en todos los casos-, dispone que es el fiscal quien investiga (arts. 56/59) y decide.
La Policía simplemente recibe y cumple órdenes, y si actuó mal, es el fiscal quien debió corregirla. A su vez la víctima, por medio de su abogado, puede pedir al superior del fiscal que active la causa cuando el inferior no lo hace (art. 83, «9»).
El Dr. Béliz y la abogada de la víctima quizás olvidaron que fue el Ministerio de Justicia a cargo de Béliz, quien tramitó el sendero de Zaffaroni a la Corte, mentor de toda esta onda jurídica «humanitaria» cuyo sedimento está a la vista, además de no recordar el célebre principio procesal de que nadie en su favor puede alegar su propia torpeza.
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