Este agosto, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) continua entregando la Prestación por Desempleo. Un programa dirigido a aquellos titulares despedidos que se encontraban en relación de dependencia, conforme la Ley de Contrato de Trabajo N.°24.013.
De esta manera, su objetivo es brindar sostén financiero mientras el beneficiario busca un nuevo empleo, permitiendo que pueda cubrir sus necesidades básicas durante este período. El monto, por su parte, se calcula en base a los ingresos previos del solicitante y los meses trabajados con aportes.
En este sentido, el proceso para acceder solo requiere reunir la documentación necesaria y presentarla ante el organismo previsional de forma virtual o en una oficina de atención presencial con turno previo. A continuación, conocé los detalles.
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Qué es la prestación por desempleo de ANSES
La Prestación por Desempleo es una ayuda previsional tiene como objetivo beneficiar a los trabajadores en relación de dependencia que fueron despedidos sin causa justificada, por finalización de contrato o por motivos ajenos a su voluntad, o estén en situación de desempleo, según lo establecido en la Ley N.º 24.013.
Para solicitar este beneficio, tenés que comenzar su trámite dentro de los 90 posteriores al despido y este es el paso a paso para logralo:
- Reuní toda la documentación personal y familiar correspondiente. Entre ellos, debe de haber un documento que acredite el desempleo, como un telegrama de despido, carta documento o copia del contrato de trabajo vencido.
- Ingresá en Atención Virtual del sitio web de ANSES con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social. También, podés realizar este trámite en una oficina del organismo con turno previo.
Quiénes pueden acceder a la prestación por desempleo
Para solicitar este beneficio y acceder al cobro, los trabajadores deben haber realizado aportes al sistema previsional por un tiempo mínimo antes de quedar desempleados. Además, deberán cumplir con estos requisitos:
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Trabajadores permanentes: haber trabajado al menos 6 meses con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.
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Trabajadores eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el año previo a la finalización del trabajo.
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Trabajadores de la construcción: deben tener al menos 8 meses de trabajo con aportes en los dos años anteriores al despido o finalización de obra.
Cuál es la documentación que se necesita presentar
- DNI (original y copia).
- Documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:
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Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.
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Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
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Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.
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No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
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Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta de defunción.
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En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.
Recordá que, si hubo un cruce de telegramas con tu empleador y te consideraste despedido, deberás realizar un trámite previo.
Prestación por desempleo de ANSES: monto y forma de pago
El monto de esta prestación social se calcula en base a los ingresos previos del solicitante y los meses trabajados con aportes. ANSES confirmó que el cobro mínimo será corresponde al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM), mientras que el monto máximo no superará el 100% del SMVM.
Desde el 1 de agosto de 2025, los valores mínimos y máximos de la prestación se establecieron de la siguiente manera:
- Monto mínimo: 50% del SMVM, es decir, $161.100.
- Monto máximo: 100% del SMVM, es decir, $322.200.
El cobro, por su parte, se realiza a través de una Caja de Ahorro de la Seguridad Social. Esta cuenta es gestionada directamente por ANSES en una entidad bancaria, lo que permite al beneficiario acceder a su dinero de manera segura y sin costos adicionales.
En un primer momento, el beneficiario puede retirar el monto asignado por ventanilla en la sucursal indicada. Luego, el banco le entregará una tarjeta de débito, con la cual podrá operar en cajeros automáticos, realizar compras y utilizar los servicios digitales de la entidad.
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