Las distracciones al volante son parte de las conductas contempladas por la normativa de tránsito y pueden traer consecuencias que van más allá de una multa económica. En la Ciudad de Buenos Aires, existen ciertas faltas que también impactan sobre el sistema que evalúa los antecedentes de cada conductor.
El esquema empieza basándose en un saldo inicial y luego aplica descuentos según la gravedad de las infracciones cometidas. Cuando ese margen se agota, se activa un procedimiento específico que puede impedirte manejar durante un período determinado.
La normativa establece distintas prohibiciones durante la circulación.
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Artículo 48 de la Ley 24.449: la prohibición total de operar dispositivos manuales
El artículo 48 de la Ley Nacional de Tránsito 24.449 prohíbe conducir usando auriculares y sistemas de comunicación de operación manual continua. Por lo tanto, la disposición alcanza al uso del teléfono cuando obliga al conductor a manipularlo mientras circula.
Esto se debe a que escribir mensajes, revisar una pantalla o hacer cualquier otra acción manual sobre el dispositivo reduce la atención sobre el tránsito y puede afectar el tiempo de reacción. Por ese motivo, la conducta está incluida entre las prohibiciones previstas para quienes circulan por la vía pública.
El sistema porteño contempla sanciones acumulativas por determinadas faltas.
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Cómo se acumulan las multas y la quita de puntaje
En la Ciudad de Buenos Aires, usar el celular mientras se maneja implica una quita de cinco puntos del Sistema de Evaluación Permanente de Conductores. Cada titular empieza con un total de 20 y los descuentos se van aplicando a medida que se registran infracciones alcanzadas por el régimen.
De esta manera, una persona que ya había perdido 15 unidades puede agotar todo su saldo al cometer esta falta. Para dejarlo claro, el ejemplo puede quedar de la siguiente manera:
En el sistema porteño, los puntos pueden descontarse cuando se hace el pago voluntario de la infracción o luego de una resolución sancionatoria del Controlador Administrativo de Faltas.
Los conductores deben cumplir un procedimiento para resolver su situación.
Qué hacer si llegaste a los 0 puntos: plazos ante el Controlador de Faltas
Llegar a cero inicia un trámite de inhabilitación, pero la suspensión no se aplica en ese mismo momento. La Ciudad establece un plazo de 20 días para que el conductor se presente ante un Controlador Administrativo de Faltas y resuelva el legajo correspondiente.
Una vez transcurrido ese período, el funcionario analiza la situación y determina si corresponde hacer efectiva la inhabilitación. Según la cantidad de veces que la persona haya agotado previamente su puntaje, la sanción puede extenderse desde 60 días hasta cinco años.
Además, si el conductor llegó a cero a través de un pago voluntario, la notificación puede hacerse por correo electrónico o cédula. Si la situación se resolvió ante un Controlador, la comunicación se efectúa personalmente.
La educación vial forma parte de las exigencias previstas por el régimen.
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Curso de educación vial: el requisito obligatorio para volver a manejar
Para recuperar la posibilidad de manejar no alcanza con esperar a que termine el período de inhabilitación, ya que la persona deberá completar y aprobar un curso obligatorio de educación vial y prevención de accidentes de tránsito.
Una vez aprobado y cumplido el plazo de la sanción, el sistema reasigna 10 puntos. Además, a partir de la segunda vez que un conductor llega a cero, la licencia puede caducar y deberá tramitarse nuevamente, con el proceso correspondiente para obtener una nueva habilitación.