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5 de octubre 2026 - 11:00

Nuevos topes de ARCA para bancos y billeteras virtuales: ¿a partir de qué monto te informan?

Los umbrales cambian según el tipo de operación y de contribuyente, pero superar la cifra no implica necesariamente una sanción o bloqueo.

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ARCA actualizó los parámetros que bancos y billeteras deben tener en cuenta al reportar determinados movimientos.

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Mover dinero entre cuentas bancarias o billeteras virtuales es una operación que se suele hacer todos los días, incluso cuando ambas pertenecen a la misma persona. De todas formas, existen determinados montos a partir de los cuales las entidades deben informar esos movimientos a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

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Hay que tener en cuenta que superar uno de esos límites no significa que el organismo vaya a investigar, sancionar o bloquear una cuenta. Los montos funcionan como parámetros dentro de un régimen de información que obliga a bancos y proveedores financieros a reportar determinadas operaciones.

Las acreditaciones mensuales tienen distintos umbrales según se trate de personas humanas o jurídicas.

¿Cuáles son los nuevos montos que informan los bancos?

Desde junio de 2025, los bancos tienen que informar las acreditaciones mensuales acumuladas cuando llegan a ciertos valores. Los topes son:

El mismo criterio se aplica al saldo de las cuentas al último día hábil de cada mes. Esto significa que no siempre se mira una transferencia en específico, si durante el mes se hacen varias acreditaciones, los importes pueden acumularse hasta alcanzar el umbral previsto.

También existen otros límites dentro del régimen, por ejemplo, las extracciones de efectivo deben informarse desde los $10 millones mensuales, pero en los depósitos a plazo el umbral es de $100 millones para personas humanas y $30 millones para personas jurídicas.

Las billeteras virtuales también cuentan con límites informativos específicos para ingresos, egresos y transferencias.

Transferencias entre cuentas propias: ¿hay riesgo de investigación?

ARCA contempla específicamente las denominadas transferencias propias, es decir, movimientos entre cuentas del mismo titular, ya sean bancarias o virtuales. Transferir ahorros de un banco a una billetera o mover dinero entre dos cuentas propias no hace que la operación se vuelva sospechosa y tampoco genera una obligación tributaria adicional.

Lo que puede analizarse es el volumen de movimientos y si esos fondos tienen relación con la situación económica y tributaria declarada por la persona. Por eso, que una transferencia sea informada a ARCA no significa que exista una irregularidad. El régimen busca registrar determinados movimientos financieros, pero una operación entre cuentas propias puede tener una explicación completamente legítima.

Guardar recibos, facturas y otros comprobantes puede ser de ayuda si una entidad pide justificar el origen de los fondos.

Qué hacer si el banco te pide justificar el origen de los fondos

Cuando una entidad solicita documentación, lo importante es poder demostrar de dónde salió el dinero. Entre los comprobantes que pueden servir aparecen:

Es fundamental conservar este tipo de documentación cuando se hacen movimientos importantes, incluso si se trata de dinero que simplemente pasa de una cuenta propia a otra.

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