Las Parejas -departamento de San Martín, provincia de Santa Fe-es recordada tristemente como la capital de la industria del juicio. Fue aquella millonaria actividad comandada por unos cuantos estudios de abogados que iniciaron miles de demandas por accidentes laborales y que llegaron a provocar la quiebra de varias empresas por no poder afrontar las cuantiosas indemnizaciones. Por aquellos años se radicaban aproximadamente 55.000 demandas anuales en todo el país. En la actualidad, con la nueva legislación, se redujeron a menos de 3.000 por año.
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Pero ahora la declaración de inconstitucionalidad del artículo 39, inciso 1, de la Ley 24.557/'95 de Riesgos del Trabajo que eximía de responsabilidad civil al empleador por daños sufridos por el trabajador víctima de un accidente o enfermedad laboral pone en jaque a las pequeñas y medianas empresas (pymes).
De modo que cualquier empleado que haya sufrido un accidente laboral podrá demandar una reparación integral y no solamente la establecida en la ART, de menor cuantía.
• Derecho actual
En la actualidad el empleado sólo tiene derecho a las prestaciones previstas en dicha ley y se ve imposibilitado de reclamar una reparación económica por vía del Código Civil. La ART brinda al accidentado no sólo el pago del salario mientras se rehabilita sino que da prestaciones en especies completas: hasta 50% de incapacidad se le otorga el pago de una suma única en función del salario y de la edad. Por encima de 50% se le paga en efectivo $ 30.000 si es incapacidad parcial grave, $ 40.000 si es total, y $ 50.000 en caso de fallecimiento. Pero a estas sumas se les adiciona una renta vitalicia en función del salario hasta un monto de $ 180.000 -que sería el capital asegurado para la máxima renta-. En realidad, las más perjudicadas serán las pymes porque son las más vulnerables económicamente a una millonaria demanda. Pero también sus empleados, cuyas fuentes de trabajo corren el riesgo de sucumbir. Sin duda, se reabre el negociopara los abogados, quienesse llevaban la mayor partede la indemnización pagada por las empresas. «Si se considera que los topes indemnizatorios son bajos, eso se puede corregir fácilmente sin volver atrás con la ley. Aumentará el costo del seguro, pero se mantendrá la certidumbre», consideró un experto en la materia. La Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART) advirtió ayer que «con este fallo se vuelve a la época en la cual la cobertura era inasegurable». «Las ART seguiremos dando la cobertura en los términos de la Ley de Riesgos del Trabajo, pero creemos que el problema será para las empresas, sobre todo, las pequeñas y medianas, que van a tener que hacer frente a fallos por montos que no habrán podido asegurar», sostiene la entidad.
Un comunicado oficial de la UART señala que «hoy el trabajador recibe atención médica, medicamentos, traslados, rehabilitación y prestaciones dinerarias a un costo que el empleador puede asumir con certeza. Seguramente hacia futuro habrá casos en donde el empleador no pueda hacer frente a estas sentencias con lo cual esto también puede ser extensivo para el trabajador».
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