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Tal posición fue producto "de un acuerdo unánime de los 12 consejeros del Consejo", planteó el abogado Juan Sebastián Reyes, al intervenir ante la II Sala Penal del máximo tribunal chileno, que debe resolver en última instancia el caso del sastre Miguel Angel Sandoval, hecho desaparecer por la DINA en 1975.
En dicho caso, están condenados en primera y segunda instancia, a 12 años de prisión, el general retirado Manuel Contreras, que fuera jefe de la DINA, y el ex coronel Marcelo Moren Brito.
A 12 años fue condenado el ex brigadier Miguel Krassnoff y a cinco años el ex coronel Fernando Laureani y el ex oficial de Carabineros Gerardo Godoy.
El caso del sastre Sandoval, un militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) secuestrado y hecho desaparecer por agentes de la DINA, es seguido con enorme interés en Chile, pues víctimas y represores consideran que el pronunciamiento de la Corte Suprema será decisivo para todas las causas aún abiertas de violaciones a los derechos humanos.
En su alegato de hoy, que fue el último de una audiencia iniciada el pasado 13 de septiembre, el abogado Reyes señaló que la ley de amnistía está vigente y que es un error suponer que el delito de secuestro calificado (desapariciones) puede mantenerse en el tiempo mientras la víctima o su cadáver continúe sin ser encontrado.
A su juicio, los jueces de primera instancia deben recurrir a otros medios de prueba, como la confesión de los autores, para recalificar el delito como homicidio calificado y aplicar la amnistía, "una vez que se dicte la sentencia y se defina la condena".
En ese marco, añadió, la amnistía no viola los acuerdos internacionales suscritos por Chile en materia de derechos humanos.
La argumentación fue considerada "extremadamente grave" por el abogado de derechos humanos Nelson Caucoto y de "un escándalo" por Lorena Pizarro, presidenta de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos (AFDD).
La presentación de la Fiscalía constituye "la mejor defensa para los asesinos de la DINA", afirmó la dirigente.
"Nos parece vergonzoso que a esta altura, en el nivel en el que están avanzando los procesos, cuando se conoce la brutalidad de la dictadura y cuando los convenios internacionales señalan que los crímenes contra los derechos humanos no deben recibir amnistía y son imprescriptibles, el Estado chileno sea capaz de solicitar que se aplique la amnistía", añadió.
A su juicio, el decreto ley de amnistía "surge en la dictadura y por lo tanto es una vergüenza que se quiera reconocer una ley de auto-perdón que dictó Augusto Pinochet".
El abogado Caucoto, en tanto, advirtió que los argumentos de la Fiscalía "permiten que se consagre la impunidad" y transgreden los tratados internacionales que Chile ha suscrito en relación con los delitos "de lesa humanidad".
Tal posición "viola todos los tratados internacionales y de derecho penal internacional que tienen que ver con derechos humanos y abre las puertas a la impunidad absoluta. Lo más grave es que se plantea por un órgano que defiende los intereses del Estado chileno", precisó.
En la sesión de hoy estuvo presente la presidenta del Consejo, Clara Czszaranski, que a la salida insistió en que "no es obstáculo para que un caso sea acreditado como homicidio el hecho de que no se disponga del cadáver".
A su juicio, el Código de Procedimiento Penal distingue dos hipótesis: cuando hay un cadáver y da determinadas normas sobre lo que hay que hacer y cuando no hay un cadáver, caso en que el juez debe recurrir a todos los medios de prueba, incluidas las presunciones para acreditar el homicidio".
Fuentes de la Corte Suprema dijeron que los cinco jueces de la Sala Penal se abocarán ahora al estudio en profundidad del caso y de los argumentos jurídicos de las partes, por lo que el fallo no se conocerá antes de un par de semanas.