Provincias y municipios versus programas laborales

En los últimos años el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS), programas y acciones de empleo, dispuso diferentes planes, programas y acciones de empleo, formación profesional y de fortalecimiento de la Red de Servicios de Empleo, para trabajadores desocupados e informales. Estas acciones se formalizaron en las provincias y en los municipios, a quienes se les transfirieron recursos dinerarios para ello.

Por diversos motivos, esos programas, para lo cual se firmaron compromisos con la cartera laboral, no se cumplimentaron o quedaron truncos. También se convino un plazo para la rendición de cuentas de ejecución.

En consecuencia, el MTESS, dictó la Resolución 894/20, mediante la cual aprobó el Régimen de Regularización para Provincias y Municipios al que pueden adherirse los organismos o instituciones públicas estatales provinciales y municipales que registren incumplimientos de metas, tengan rendiciones de cuentas pendientes y/o adeuden el reintegro de fondos, por compromisos asumidos antes del 31/12/19.

Al respecto la normativa estipula que se entenderán como tales cada una de las entidades de la Administración Pública provincial o municipal, centralizada o descentralizada, que cuente con presupuesto propio.

La adhesión se formaliza mediante nota dirigida a la Secretaría de Empleo y dentro de los 30 días de aceptada la adhesión deben presentar propuestas y/o compromisos para regularizar su situación, las que deben consistir en:

La culminación a su costa de las obras o acciones comprometidas en el proyecto o propuesta original;

La sustitución total o parcial de las obras o acciones originalmente comprometidas por otras de similar envergadura y de impacto equivalente en materia de promoción y sostenimiento del empleo y/o de mejora de las condiciones de empleabilidad de trabajadores y trabajadoras;

La constitución de un fondo fiduciario provincial o municipal para la ejecución de acciones y proyectos para la generación de nuevos puestos de trabajo, para la adecuación de puestos de trabajo para personas con discapacidad, para la mejora de las condiciones de empleabilidad o la promoción del empleo de trabajadores y trabajadoras en situación de desocupación o de vulnerabilidad laboral.

La norma dispone pautas y condiciones para cada tipo de propuesta. Aceptadas las mismas deberá celebrarse un convenio con la Secretaría de Empleo.

La regularización propende a plantear alternativas que de una u otra forma retomen, reformulen o continúen con los compromisos asumidos en el marco de los programas acordados.

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