La entrada en vigencia inmediata del nuevo esquema de recibo para las remuneraciones no contempla un lapso de tiempo en el cual convivan el viejo y el nuevo modelo, de manera de facilitar que las empresas se organicen
Los cambios que se introducen en el nuevo modelo de recibo de sueldo, necesitan de la reconfiguración de los sistemas informáticos de los empleadores que permitan el cumplimiento de las disposiciones vigentes
El nuevo modelo de recibo de sueldos genera la necesidad de adecuar los sistemas de las empresas.
La entrada en vigencia inmediata del nuevo esquema de recibo para las remuneraciones no contempla un lapso de tiempo en el cual convivan el viejo y el nuevo modelo, de manera de facilitar que las empresas se organicen
El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.
El Decreto 407/26, cuya publicación oficial ocurrió el 1° de junio, reglamentó, entre otros aspectos contenidos en la Ley 27.802, el nuevo modelo de recibo de sueldo que deben observar los empleadores y los ajustes y adaptaciones que deben realizar para su implementación.
Dicha norma entró en vigencia el mismo día de su publicación y esta inmediatez acotó los tiempos para las respectivas adecuaciones de las empresas, en un mes dónde se suma la liquidación del aguinaldo.
Esta situación motivó que los profesionales adviertan que al no contemplarse un período de transición se hace difícil realizar los ajustes necesarios en los sistemas de registración.
Tanto es así, que Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CPCECABA), se dirigió a la Subsecretaria de Relaciones del Trabajo, Claudia S. Testa, a los fines de hacerle notar la situación que se presenta respecto el breve tiempo que media, ya que para implementar el nuevo modelo de recibo de sueldo es necesario adecuar de forma integral los sistemas informáticos.
En su nota a las autoridades resaltan que esa “reconfiguración, resulta indispensable para cumplir correctamente con las disposiciones vigentes teniendo en cuenta la magnitud de los cambios que deben llevarse a cabo.”
A manera de recordatorio, la entidad profesional expresa que en oportunidad de poner en marcha el sistema de registro “Libro Sueldos Digital”, la autoridad de aplicación estableció un esquema paulatino de ingreso al régimen, permitiendo la convivencia del mecanismo anterior durante un plazo razonable de tiempo.
En razón de ello, el CPCECABA solicita a la citada Subsecretaría “que evalúe la posibilidad de establecer una cronología temporal para dar cumplimiento formal según el tipo de contribuyente, adecuado a su estructura y capacidad contributiva.”