Nuevo procedimiento digital para recursos directos ante la CSJN

El máximo tribunal aprobó un nuevo trámite digital para determinados recursos, se detalla en el anexo a su acordada, sumándolo a las medidas ya puestas en marcha para operar de manera remota.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación acaba de sumar, a los trámites que ya se realizan vía informática, un nuevo procedimiento digitalizado para la presentación de recursos.

A través de la Acordada 25/23 se aprobó el “Procedimiento para la Presentación de Recursos Directos ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación por Vía Remota”, cuyo mecanismo y alcances se detallan en Anexo a la acordada.

1| PROCESOS ALCANZADOS

La medida comprende los siguientes procesos:

  • Recurso de queja por ordinario denegado (art. 24, inciso 4° decreto-ley 1285/58 ratificado por Ley 14.467)
  • Recurso de queja por extraordinario denegado (art. 285 del CPCCN)
  • Recurso por salto de instancia (art. 257 bis del CPCCN)
  • Recurso de queja por retardo de justicia (art. 24, inciso 5°, del decreto-ley 1285/58, ratificado por Ley 14.467).

En estos casos, salvo por situaciones de excepción, el Alto Tribunal dispone que la Mesa de Entradas de la Corte Suprema no intervenga más en la recepción de estos recursos.

Expresamente se estipula que el procedimiento no se aplicará a los recursos interpuestos in forma pauperis ni a las demandas deducidas ante la Secretaría de Juicios Originarios, manteniéndose el procedimiento vigente.

2| MÓDULO OPERATIVO

La presentación aprobada deberá efectuarse exclusivamente a través del Módulo de Ingreso Web de Recursos Directos ante la CSJN (IWECS) desarrollado a tal fin y que se encuentra ubicado en la página web del Poder Judicial de la Nación (https://www. portalpjn.pjn.gov.ar) y en la del Tribunal (www.servicios.csjn.gov.ar/formularios/index.html).

El punto III del Anexo detalla los distintos pasos y formalidades a cumplir una vez dentro del módulo hasta llegar a la presentación del recurso, dejándose sentando que todo lo manifestado e incorporado en el Módulo IWECS tendrá el valor de declaración jurada en cuanto a su autenticidad y veracidad, asignando responsabilidad personal al titular de la clave con la que se accedió.

Cumplido lo requerido por el sistema, el trámite pasará a revestir estado “Presentado” y se emitirá una constancia de la fecha y hora de presentación, informándose el número asignado al recurso directo La presentación realizada fuera del horario judicial de atención al público será considerada como ingresada al Tribunal al inicio del horario y día hábil judicial siguiente.

El recurso que ingrese al sistema será registrado en la base de datos de la Corte Suprema y podrá ser visualizado por el letrado presentante.

3| VIGENCIA DE LA MEDIDA

El procedimiento aprobado entrará en vigencia y será de aplicación obligatoria a partir de los 30 días hábiles de su publicación en el Boletín Oficial (24/8/23).

Lidia M. Santacruz

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