Acuerdos salariales: ahora gremios deben mantenerlos un año
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Todo lo dicho, claro está, se subordina a que las pautas sean las previstas, y es por ello que la lucha contra la inflación requiere de un plan diversificado, que contemple desde las fuentes donde parte la materia prima hasta el final del proceso donde el producto llega al consumidor. Sin embargo, se abre una serie de nuevos interrogantes que en su momento requerirán alguna adecuación. En primer lugar, las sumas no remunerativas en su momento requerirán su adecuación. Al respecto, es dable destacar que la mayoría de los acuerdos tienen o tendrán una fecha de caducidad, momento en el cual las prestaciones no remunerativas se transforman en remunerativas. El impacto en el costo de la empresa, por efecto de la transformación, supera 100%.
Sin embargo, parece que la prudencia aconseja que ésta se realice en forma gradual y escalonada, del mismo modo que se fueron aplicando los acuerdos. Los convenios que se están negociando fijan una fecha límite, pero muchos no establecen el proceso de conversión. El sindicato de camioneros ya dio el ejemplo al convertir sólo $ 40 de los $ 260 no remunerativos que se venían pagando, cambio que se operará en octubre. El resto de la suma se seguirá abonando como no retributiva.
La otra amenaza la impone la posibilidad de que el costo de vida no se adecue a los aumentos otorgados para 2006 e impongan antes de fin de año una adecuación. Al respecto, parece conveniente que los cambios y las negociaciones en materia salarial se realicen cada doce meses, de modo que recién se negocien nuevos ajustes en abril de 2007. En síntesis, se han superado las pautas propuestas en lo que hace a incrementos, plazo, impacto en los costos por efecto del empleo de prestaciones no remunerativas, y vigencia.
Sólo falta mantenerlas en el tiempo, y recorrer un camino que apunte a la racionalidad, lo que implica la discusión anual de salarios y de condiciones de trabajo. Con ello se logrará preservar el crecimiento y la estabilidad, con aumentos razonables del valor real del salario.



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