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5 de junio 2013 - 23:57

Cinco fallos más contra la reforma del Consejo

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Cinco nuevos fallos ordenaron en las últimas horas suspender la elección de los integrantes del Consejo de la Magistratura, en tanto que algunos de esos jueces también frenaron el nuevo régimen de cautelares, dos de las iniciativas clave de la reforma judicial.

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Se trata de al menos cuatro fallos de la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal de la Ciudad y un quinto de Neuquén que se suman a los que ya dictaron días atrás jueces de Mar del Plata y San Nicolás contra la elección por voto popular de los consejeros de la Magistratura.

En cambio, el juez federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla, falló a favor de la elección popular de los consejeros al rechazar una acción de amparo.

Dos de los nuevos fallos fueron firmados por el juez Enrique Lavié Pico, uno a partir de una presentación del consejero Alejandro Fargosi y el restante al avalar un pedido de la Federación Argentina de Colegios de Abogados.

Otros dos estuvieron a cargo de los magistrados de la Capital Federal Esteban Furnari, ante un escrito del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, y Pablo Cayssials, quien hizo lugar a un pedido del abogado Horacio Minotti.

En tanto, la jueza de Neuquén Carolina Pandolfi hizo lugar a un pedido de la abogada Ana María Spinelli y también falló en contra de la reforma del Consejo de la Magistratura, y suspendió por seis meses los efectos de los arts. 2, 4, 5, 6, 7, 8, 18 y 30 de la ley 26.855 y del Decreto 577/2013 sobre la misma, en cuanto disponen la elección popular de los integrantes, y la modificación de la cantidad de representantes que pasó de 13 a 19.

En la misma resolución, la jueza también declaró la inconstitucionalidad del artículo de la ley que modificó el sistema de cautelares que impone la realización de un informe previo a la resolución de las mismas.

La jueza comunicó su resolución al Poder Ejecutivo y a su par Servini de Cubría, requiriéndole su notificación a los partidos y agrupaciones políticas que en el orden nacional se encuentren en condiciones de participar en la contienda.

Además, los jueces Furnari y Lavié Pico también decretaron la inconstitucionalidad del nuevo régimen de cautelares.

Los demás jueces suspendieron varios artículos de la ley 26.855 aprobada por el
Congreso de la Nación, y todo hace prever que la definición vendrá por parte de la Corte Suprema de Justicia.

Hasta el momento, no llegó ningún planteo de per saltum ante la Corte referido a la reforma del Consejo, aunque ni bien llegue será resuelto de inmediato, según adelanto el presidente del Tribunal, Ricardo Lorenzetti.

Hasta el momento al máximo tribunal sólo arribó un per saltum referido al nuevo régimen de medidas cautelares en aquellos casos en que interviene el Estado Nacional.

En tanto, también se aguarda una definición por parte de la justicia electoral de la Capital Federal, y días atrás la jueza María Servini de Cubría dio un plazo -el cual vence hacia fines de esta semana- para que el Estado Nacional conteste sobre cinco amparos en contra de la Reforma.

Servini de Cubría regresa de licencia el lunes próximo y se prevé que esa semana haya una resolución.

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