Cautelar interina dictada por Justicia federal de Paraná “obliga” a Cristina y a Massa a no designar sus representantes en esquema de 20 en la Magistratura. No iba a ocurrir pero permite salvar fecha clave con integración de Corte. Jugada política de último minuto; plenario previo caldeado por reglamento.
En un contexto revuelto, ayer, el juez federal de Paraná Edgardo Alonso firmó una “medida cautelar interina o precautelar” solicitada por el diputado nacional del Frente de Todos Marcelo Casaretto en la cual se ordenó a los presidentes de las Cámara de Senadores y de Diputados de la Nación que se abstengan de designar nuevos integrantes en el Consejo de la Magistratura en representación de ese estamento para completar el formato de 20 miembros que se pondrá en funciones a partir del lunes próximo, tal como anticipó Ámbito. Pero con una lectura más afinada, el fallo implica, en realidad, una suerte de subterfugio a la situación de indefinición política por la que atraviesa el Congreso respecto a representantes de qué bloque enviaría y que lo exponía, al vencimiento del plazo fijado por la Corte Suprema, al efecto “silla vacía” en el Consejo. Pese a la mirada general, que podría plantear un enfrentamiento en la superficie, en este caso, la justicia acudió en auxilio de la política para resolver una situación espinosa y le otorgó un pasaporte para atravesar el calendario sin la mácula de estar incumpliendo una sentencia del máximo Tribunal.
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Entrelíneas
En un análisis más profundo, lejos quedan dos de las primeras reacciones que suscitó la cautelar. En principio, nada de esto impedirá que el presidente de la Corte Horacio Rosatti asuma la presidencia del Consejo en el formato de 20 miembros con el quórum que habilitan todos los consejeros elegidos por sus estamentos (jueces, abogados y académicos) que completan así los 7 que separan la actual conformación, declarada inconstitucional en diciembre de 2021. De hecho, dice explícitamente que su medida “no impide el funcionamiento del Consejo de la Magistratura”. El primer desvío consiste en adjudicarle a Alonso la facultad de alzarse contra una sentencia considerada definitiva como la de la Corte. En el Poder Judicial se aplica la “Ley del Gallinero”, que nunca se invierte.
El segundo dato a tener en cuenta es la naturaleza del amparo. Casaretto se presentó ayer a las 10.44 horas solicitando un amparo contra el Congreso de la Nación para que “lleve a cabo las medidas necesarias para aprobar una nueva Ley del Consejo de la Magistratura que respete el equilibrio en la representación exigido por la Constitución Nacional”. Básicamente le pidió a la justicia lo mismo que había instruido la Corte 120 días atrás en su sentencia: que sea el Poder Legislativo el que sancione una ley superadora y adecuada o, hasta tanto lo haga, a partir del 16 de abril se regresaría al formato previo de la ley que estaba vigente antes de la reforma de 2006, quizás el punto más discutido del fallo de la Corte. Alonso –que respondió a las 12.36 horas- desliza que la verosimilitud del derecho y peligro de demora por el que dicta la cautelar interina es precisamente ese, “la aplicación de una ley que fuera derogada”. El apoyo lo encuentra en el voto en disidencia parcial de Ricardo Lorenzetti que objetaba lo mismo.
Sin embargo, el amparo y la cautelar son ambas contra el Congreso. Directamente exhorta a Cristina de Kirchner y a Sergio Massa para que no nominen a nadie (algo que no iba a ocurrir) y le fija un plazo de cinco días hábiles para que produzca el informe de rigor que responda lo que agravia a Casaretto. Recién entonces podría dictar (o no) una medida cautelar “clásica”, cuyo plazo mínimo son tres meses. Sin incorporar la lectura de lo beneficioso que resulta el fallo ante la actual desavenencia política faltaría un componente clave para comprender por qué un legislador obliga judicialmente al presidente de la Cámara que integra –que es de su mismo espacio- a no obrar conforme a sus facultades, lo mismo que a la accionista mayoritaria y líder política del Frente de Todos. El salvavidas es oportuno porque obliga a hacer lo que de todas formas no iba a hacerse… pero con una buena excusa.
Será interesante observar el devenir del expediente en la justicia federal entrerriana. Si el Congreso se opone en su informe a que se le recorte la facultad de definir sus representantes o bien, si existe un tenue pataleo para que se confirme la cautelar que convalide la postura que aparece en la superficie de la pulseada. El efecto será que se evitará la necesidad de enviar representantes al Consejo “diseñado” por el fallo de la Corte y el cual considera ilegítimo, tal como lo han expresados alfiles del kirchnerismo, de manera pública.
Alonso, por su parte, jugó una ficha fuerte ante la presunción que rápidamente hizo la oposición de que pudiera estar obstaculizando a la propia Corte. El juez de Paraná tiene su pliego para ser vocal de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, Santa Fe enviado al Senado a través del mensaje N°71/20, el que todavía no fue tratado en el recinto. “Tampoco advierto que la medida interina que decreto pueda afectar el interés público, dado que la misma se limita a la representación del Congreso de la Nación”, indicó el juez en su resolución. Algunos creían entrever un serio precedente que se desprendía de esa fórmula, por las consecuencias que podría implicar a futuro en otro tipo de controversias sometidas al ámbito judicial que precisamente tenían influencia en otros poderes del Estado. La paradoja final era la política llevando a tribunales sus propios desacuerdos para que sea la justicia la que dirima lo que puede y no hacer en temas estrictamente políticos.
Nada cambia
Para la Corte, la hoja de ruta no cambia. Sin embargo, cruzaron rumores acerca de la última sesión plenaria del Consejo prevista para hoy. Circuló un borrador donde se plasmaban cambios en el reglamento de emergencia que iba a ser votado para atravesar por esta transición de emergencia por parte de los actuales consejeros. Allí se esbozaba un cambio del quórum necesario que bajaba de 9 a 7 consejeros, algo que encendió alertas en varias trincheras que miran al órgano de selección y remoción de jueces. El reglamento de contingencia sigue vigente pero no así la reducción de miembros para el quórum.
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