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21 de mayo 2021 - 22:58

Nuevas restricciones: quiénes podrán circular después de las 18

Las medidas anunciadas por el presidente Alberto Fernández regirán para zonas de alto riesgo y alarma epidemiológica.

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El Gobierno nacional tomó la decisión de implementar un confinamiento total que durará 9 días en las zonas de alto riesgo y alarma epidemiológica. Según informó el propio presidente Alberto Fernández, solo se permitirá circular en cercanías del domicilio entre las 6 y las 18. Este viernes en el DNU con las nuevas restricciones se precisó quienes podrán circular durante el periodo de fuertes restricciones.

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Trabajadores habilitados para circular y usar transporte público

Excepciones para circulación, sin uso de trasporte público

Ayer en un mensaje grabado y difundido en cadena nacional, el jefe de Estado dio cuenta de la grave situación sanitaria que atraviesa el país, producto de la pandemia del Covid-19, por lo cual anunció un retorno a la “fase 1” de cuarentena dura. “Estamos atravesando el peor momento desde que comenzó la pandemia”, dijo y agregó: "No voy a aceptar que se naturalice esta cantidad de contagios o muertes".

Asimismo, remarcó que sólo estarán habilitados “los comercios esenciales y envío a domicilio y para llevar” y “sólo se podrá circular en la cercanía del domicilio entre las seis de la mañana y las 18 de cada día”.

Una vez culminados los 9 días, aclaró que se retornará al esquema de restricciones vigentes hasta hoy. Es decir, entre el 31 de mayo y el 11 de junio, regirán las medidas actuales, a excepción del fin de semana del 5 y 6 de junio, cuando se volverá a restringir las actividades en las zonas más críticas.

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