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Hugo Moyano y José Ignacio De Mendiguren
Asimismo, instó a la Corte Suprema de Justicia a determinar la constitucionalidad de la norma y reveló que cambiar de la Justicia laboral a la Civil y Comercial las demandas "no cambia" el panorama, ya que en la mayoría de las provincias los dos fueros están unificados.
El Poder Ejecutivo promulgó la ley que modifica la legislación sobre riesgos laborales vigente desde 1995 y eleva el monto de las indemnizaciones por accidentes de trabajo, sancionada el miércoles por la Cámara de Diputados.
Tanto el texto de la norma, que había sido aprobada el 3 de octubre en el Senado, como el decreto de su promulgación (2038/2012) fueron publicados el viernes en el Boletín Oficial.
La iniciativa oficial fue convertida en ley hace dos días tras obtener 140 votos a favor, 83 en contra y 1 abstención. La reforma a la ley de riesgos laborales transfiere el reclamo judicial de un conflicto del fuero laboral al fuero civil.
A la vez, elimina la "doble vía" por la que se cobraba indemnización de las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo (ART) y además se permitían reclamos de resarcimiento ante la Justicia Civil y Comercial.
En otro de sus puntos salientes, el texto aprobado establece un plazo máximo de 15 días a partir del accidente para que el trabajador cobre la indemnización correspondiente.
También dispone que cuando el daño se produzca en el lugar de trabajo, el damnificado percibirá junto a las indemnizaciones dinerarias previstas en este régimen, una indemnización adicional de pago único en compensación por cualquier otro daño no reparado por las fórmulas allí previstas, equivalente al 20% de esa suma.
En caso de muerte o incapacidad total, esta indemnización adicional nunca será inferior a 70.000 pesos.




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