Declaran inconstitucional el DNU que modificaba la Ley de Migraciones
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Ayer, la Sala V de la cámara revocó lo resuelto por el juez Marinelli y declaró la "invalidez constitucional del decreto 70/2017" por entender que los "datos fácticos" a los que alude el DNU "no aparecen debidamente acreditados".
Además, los camaristas adjudicaron a la norma "condiciones regresivas en materia de protección de los derechos humanos.
"Otros de los fundamentos del decreto presentan en forma sesgada las estadísticas disponibles de un modo que llevan a conclusiones inexactas", evaluaron también los jueces y argumentaron que el supuesto "aumento" de la población extranjera en cárceles al que alude el decreto no se compadece con las estadísticas oficiales al respecto.
Mencionaron, como ejemplo, un informe estadístico del Sistema Nacional de Estadísticas sobre Ejecución de la Pena (Sneep), que señala que desde el 2012 hasta marzo de este año se mantuvo la misma proporción de extranjeros en cárceles del país: un 6% sobre el total de reclusos.
"El colectivo al que se refieren estas modificaciones de la ley migratoria constituye un grupo vulnerable, en situación de inferioridad en cuanto al ejercicio real y efectivo de sus derechos; el decreto no hace más que perpetuar esta situación de sometimiento, respecto de todos los migrantes, ya que no se limita a los casos de quienes tienen antecedentes penales", remarcaron.
Con todo, la validez constitucional del DNU podrá ser materia de análisis para la Corte Suprema, si el Gobierno decide apelar este fallo y acudir a la máxima instancia judicial del país.



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