El domingo 13 de agosto se celebrarán las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) en todo el país. Los electores mayores de edad estarán obligados de efectuar su voto y, en caso de no hacerlo, deberán justificar su inasistencia.
Elecciones 2023: cómo justificar que no voté en las PASO
A falta de casi tres meses para la realización de los primeros comicios a nivel nacional, Ámbito te cuenta cuáles son los motivos válidos para ausentarse a una elección.
-
Elecciones 2023 EN VIVO: Soledad Acuña no será precandidata a jefa de Gobierno porteña
-
Designan a Vauthier como director del BCRA y deberá ser avalado por el Senado
A nivel nacional, el calendario dispuesto por la Cámara Nacional Electoral (CNE) establece, entre otras cuestiones, las fechas de las elecciones primarias PASO para el domingo 13 de agosto en todo el país y las generales para el domingo 22 de octubre, cuándo podrán consultarse los padrones, el reconocimiento de alianzas electorales y los plazos de la campaña electoral.
Además, ya dispusieron las fechas de los Debates Presidenciales Obligatorios que se realizarán el 1 de octubre y el 8 de octubre, y en caso que hubiera una segunda vuelta (balotaje), se realizará un tercer debate el 12 de noviembre.
La Cámara Nacional Electoral será uno de los organismos encargados de la coordinación electoral en todo al país, junto con la Justicia Electoral y la Dirección Nacional Electoral.
En este contexto, hay distintos motivos válidos por los cuales un elector podrá no asistir el día de la votación en las próximas PASO.
Elecciones 2023: cómo justificar que no voté en las PASO
Para tramitar la inasistencia a las elecciones deberás seguir los siguientes pasos:
- Accedé al Registro de Infractores del Padrón Electoral a través de su página web.
- Ingresá tu Documento Nacional de Identidad (DNI), sexo y distrito.
Para la justificación de la inasistencia, el gobierno nacional dispone diferentes motivos:
- Distancia: las personas que se encuentren a más de 500 kilómetros de su sede electoral podrán ausentarse si justifican la lejanía.
- Enfermedad: las personas que comprueben una enfermedad, y por tanto una causa de fuerza mayor.
- Servicio Público: el empleado de servicios públicos que se encuentre en funciones estará habilitado a presentar su inasistencia.




Dejá tu comentario