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24 de octubre 2025 - 13:21

Elecciones 2025: qué pasa si rompo la veda electoral

Algunas actividades cuentan con restricciones durante las 48 horas previas a los comicios. En caso de no cumplirlas, el Código Nacional Electoral impone algunas sanciones.

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El incumplimiento de la veda electoral puede traer algunas sanciones. 

Desde este viernes y hasta la finalización de los comicios legislativos del domingo 26 de octubre, rige en todo el país la veda electoral, una medida contemplada por la ley que busca garantizar que los ciudadanos reflexionen su voto sin la influencia de la campaña política.

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De acuerdo con la Cámara Nacional Electoral (CNE), la veda impide cualquier tipo de actividad proselitista o difusión de propaganda política, tanto en medios gráficos, radiales, televisivos o digitales.

También prohíbe publicar encuestas, sondeos o proyecciones de resultados durante la jornada electoral y hasta tres horas después del cierre de las urnas, es decir, hasta las 21 del domingo.

Qué pasas si rompo la veda electoral

El artículo 136 del Código Electoral Nacional dispone penas de 15 días a 6 meses de prisión para quienes vendan bebidas alcohólicas desde 12 horas antes y hasta tres horas después del cierre de los comicios.

En tanto, el artículo 131 establece la misma sanción para los empresarios o promotores de espectáculos públicos que se realicen durante el período de prohibición dispuesto por la autoridad electoral.

Boca de urna elecciones provincia de Buenos Aires

Las elecciones legislativas se desarrollarán el próximo domingo 26 de octubre.

El artículo 140 castiga con penas de 2 meses a 2 años a quien “con engaños indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo”, mientras que el artículo 141 prevé hasta 3 años de prisión para quienes intenten violar el secreto del voto mediante cualquier tipo de medio.

Asimismo, el artículo 139 estipula sanciones de hasta 3 años de cárcel a quien “con violencia o intimidación impidiere ejercer un cargo electoral o el derecho al sufragio”, así como a quienes compelan a votar de una forma determinada, suplanten la identidad de un votante o emitan más de un voto.

Multas económicas y sanciones políticas

Más allá de las penas penales, los infractores también pueden enfrentar multas económicas que oscilan entre $10.000 y $100.000, especialmente si difunden avisos publicitarios o realizan actos de campaña fuera del plazo legalmente permitido.

En el caso de los candidatos o agrupaciones políticas, el incumplimiento de la veda puede derivar en sanciones adicionales: la pérdida del derecho a recibir aportes públicos, subsidios o fondos de financiamiento estatal por un período que puede ir de uno a cuatro años. Además, pueden ser inhabilitados para acceder al financiamiento electoral en una o dos elecciones consecutivas.

Actividades y conductas prohibidas por la veda

Durante el período de veda, quedan suspendidos los espectáculos públicos masivos —culturales, deportivos o sociales— tanto en espacios abiertos como cerrados. Esta restricción se mantiene mientras dure la votación y hasta las 21 del domingo, una vez concluido el proceso electoral.

La venta de bebidas alcohólicas también está prohibida desde las 21 horas del sábado y hasta tres horas después del cierre de los comicios.

A su vez, dentro de un radio de 80 metros de cada centro de votación, la ley prohíbe reuniones de electores, la distribución de boletas, el funcionamiento de locales partidarios, y el almacenamiento de armas en viviendas cercanas.

Un aspecto particular lo representan las redes sociales, que no fueron contempladas en la redacción original del Código Electoral Nacional, anterior a su auge. Sin embargo, por analogía, las autoridades electorales consideran que las publicaciones en plataformas como Facebook, Instagram o X (ex Twitter) también están alcanzadas por las restricciones, al igual que los medios tradicionales.

La veda electoral tiene como finalidad proteger la libertad del votante y evitar que las presiones políticas, económicas o mediáticas alteren su decisión en las horas previas al sufragio.

Quienes incumplan las disposiciones del Código podrán ser denunciados ante la Justicia Electoral, que evaluará cada caso y aplicará las sanciones correspondientes.

De este modo, el cumplimiento de la veda se mantiene como una herramienta central para garantizar la equidad y la transparencia en el desarrollo de las elecciones legislativas 2025.

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