La ola de contagios y fallecidos en Brasil, la multiplicación de las variantes del covid-19 dentro y fuera de ese país, el horizonte de ausencia de provisión masiva de vacunas para la Argentina y la noticia ayer que la producción de la vacuna de AstraZeneca en México se retrasará al menos hasta la primera semana de mayo hicieron correr la alarma en todo el Gobierno.
Endurecen controles para viajes y se alarga demora para vacunas
Vacuna de AstraZeneca no estaría lista hasta mayo. Preparan decreto para obligar a quienes viajen a pagar su test PCR y cumplir el aislamiento. El país llegó a 2 millones de vacunados con 1 dosis.
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Tras la declaración de emergencia hasta fin de año y la prórroga del DISPO hasta el 9 de abril, ahora se analizan nuevas restricciones para desalentar la salida del país.
Santiago Cafiero y Carla Vizzotti se reunieron ayer al mediodía para analizar propuestas para la “implementación de medidas adicionales de control” y nuevos anuncios para desalentar la salida de argentinos y residentes hacia países con nuevas olas y variantes de covid-19.
En Casa Rosada hay preocupación por los argentinos que, aún ante el contexto regional de aumentos de casos y la aparición de nuevas cepas, todavía analizan viajar al exterior. Sin ir más lejos, ayer se conoció la información de un grupo de egresados que regresó de Cancún, México, con 44 infectados. Entre ellos estaba el hijo del vicejefe de Gobierno porteño, Diego Santilli (ver nota aparte).
El modelo que gana terreno en el Gobierno es el de Canadá, donde cada pasajero tiene la obligación de pagarse sus test de PCR y su alojamiento de confinación de modo obligatorio.
Desde diciembre, están cerradas las fronteras, ya que se habían suspendido autorizaciones que se hubieran otorgado para ingresos y egresos a través de los pasos fronterizos habilitados, salvo para el ingreso de residentes y ciudadanos argentinos. Así, no está permitido el ingreso de extranjeros.
Las fronteras terrestres están actualmente cerradas. Hay solicitud de PCR de hasta 72 horas previo al embarque y se debe firmar una declaración jurada a la salida del país, con la obligación de cumplir con 10 días de cuarentena, al arribo al país, desde el test de PCR. En esta declaración jurada se declara el domicilio de realización de la cuarentena.
Los argentinos al salir del país firman una declaración jurada en la que asumen la responsabilidad en caso de que existieran cambios de normas en los pasos fronterizos, así como también no exigirán ser repatriados ni responsabilizarán al Estado argentino por su situación en el extranjero.
La semana pasada el Gobierno resolvió extender hasta el próximo 9 de abril la vigencia del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (Dispo) dispuesto por la pandemia del coronavirus a través del Decreto 168/2021.
Según se indica en el decreto, en lo que respecta a límites de la circulación, se establece que “en atención a las condiciones epidemiológicas y a la evaluación de riesgo y de expansión de covid-19, en los distintos aglomerados, departamentos y partidos de la jurisdicción a su cargo, las autoridades provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán dictar normas para limitar la circulación por horarios o por zonas, con el fin de evitar situaciones que puedan favorecer la propagación del virus SARS-CoV-2”.
“Estas medidas deberán ser temporarias y fundadas, y deberán contar con la aprobación de la autoridad sanitaria jurisdiccional”, completa el decreto, que agrega que las autoridades de las Provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán disponer el aislamiento de las personas que ingresen a las jurisdicciones a su cargo provenientes de otras provincias argentinas o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuando las mismas revistan la condición de caso sospechoso, caso confirmado de Covid-19 o cuando presenten síntomas o sean contacto estrecho de quienes padecen la enfermedad.
En cuanto a las fronteras, “la Dirección Nacional de Migraciones, organismo descentralizado actuante en la órbita de la Secretaría de Interior del Ministerio del Interior, podrá establecer excepciones a las restricciones de ingreso al país con el fin de atender circunstancias de necesidad o de implementar lo dispuesto por el Jefe de Gabinete de Ministros en su carácter de Coordinador de la Unidad de Coordinación General del Plan Integral para la Prevención de Eventos de Salud Pública de Importancia Internacional”, respecto del desarrollo de actividades especialmente autorizadas.
En este último supuesto, la Dirección Nacional de Migraciones, previa comunicación al Ministerio de Salud, de Transporte, de Seguridad y a la Administración Nacional de Aviación Civil, organismo descentralizado actuante en la órbita del Ministerio de Transporte, “determinará y habilitará los pasos internacionales de ingreso al territorio nacional que resulten más convenientes al efecto y definirá los países cuyos nacionales y residentes queden autorizados para ingresar al territorio nacional”.
“A tal fin, deberán presentar un protocolo de abordaje integral aprobado por la autoridad sanitaria Provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que deberá dar cumplimiento a las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria nacional, la que deberá intervenir y expedirse, en forma previa, respecto a su pertinencia”, continúa el decreto.
Una vez cumplida la intervención de la autoridad sanitaria nacional y otorgada la autorización por parte del jefe de Gabinete de Ministros, los gobernadores y las Gobernadoras de las provincias respectivas o el jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “requerirán a la Dirección Nacional de Migraciones que determine y habilite los pasos fronterizos internacionales de ingreso al territorio nacional que resulten más convenientes, acreditando la aprobación del protocolo”.




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