22 de febrero 2005 - 00:00

Fuerzan a piqueteros a marchar sin palos

Piqueteros de los grupos duros debieron acatar ayer la orden de manifestar sin portar palos y a cara descubierta, que dio el viernes pasado un fiscal porteño.
Piqueteros de los grupos duros debieron acatar ayer la orden de manifestar sin portar palos y a cara descubierta, que dio el viernes pasado un fiscal porteño.
Los piqueteros marcharon ayer por el centro de la Capital Federal, pero sin palos ni capuchas, tras la orden que los fiscales porteños difundieron el viernes, en cumplimiento del Código Contravencional del distrito.

Ahora advierten, otros fiscales, que la medida podría producir un conflicto de poderes entre la Nación y la Ciudad de Buenos Aires, ya que hacer cumplir la norma corre por parte de la Policía Federal, que depende del Ministerio del Interior de la Nación y no de la Capital. La marcha piquetera se proponía ayer reclamar ante los Tribunales por la detención de uno de los militantes, acusado de agredir a un automovilista la semana pasada, cuando la Policía, en las cercanías de la estación de Retiro, comenzó a pedirles a los manifestantes que se destaparan la cara y entregaran los palos que dicen usar «para defensa». Allí mismo, en los andenes, los activistas de la CTD Aníbal Verón fueron interceptados por los efectivos, pero no resistieron la orden y no hubo incidentes.

El dirigente de ese grupo de piqueteros duro, Nicolás Lista, advirtió que harían caso al pedido y prosiguió el reclamo sin incidentes ni encapuchados. Los piqueteros reclamaban la libertad de Lovari Marx, acusado de «lesiones leves y dolosas contra múltiples víctimas, daño, resistencia a la autoridad y lesiones leves a un policía».

La orden de cumplir el Código Contravencional fue emitida por el fiscal Martín Lapadú, mediante un oficio que ordenó a la Policía Federal cómo actuar ante manifestaciones callejeras, y distingue entre los reclamos en los que se corta sólo la calle y aquellos en los que los manifestantes portan armas u objetos contundentes. El fiscal señaló que, como primera medida, la Policía debe solicitar que no se obstruya el tránsito y, además, requerir una constancia de que habían informado que harían la manifestación. Hasta ahora, la difusión por diferentes medios que anuncian las marchas se tomaba como suficiente en cuanto al requisito de avisar.

Por otra parte, el fiscal adjunto de la Ciudadde Buenos Aires Luis Cevasco advirtió que la decisión de ordenar a la Policía desarmar a los piqueteros «podría generar un conflicto de poderes ente la Nación y la Ciudad».

«Es un problema complicado, porque podemos encontrarnos ante un conflicto de poderes, ya que no está claro quién sería el órgano encargado de resolverlo»,
sostuvo Cevasco.

«Puede ocurrir que la Policía atienda el mandato de los fiscales contravencionales o que reciba órdenes del Ministerio de Interior para que no lo haga»,
dijo el fiscal en declaraciones radiales.

«Por un lado, está con el Código Contravencional -que establece la prohibición de portar armas impropias- y, por el otro, está la política del gobierno nacional de manejar con determinada prudencia el tema piquetero para no generar las situaciones de conflicto que en algunos casos se busca»,
consideró Cevasco.

•Evaluación

El activista Lista dijo, por su parte: «Se está evaluando la forma en que los piqueteros marcharemos desde ahora», aunque otro dirigente de la agrupación, Carlos Bértola, se quejó porque, a su entender, «parece que la libre circulación es más importante que el derecho a la vida».

El Código Contravencional, en su artículo 78, castiga como «obstrucción de la vía pública» a quien «impide u obstaculiza la circulación de vehículos por la vía pública o espacios públicos» y establece sanciones de uno a 5 días de trabajo de utilidad pública o multa de $ 200 a $ 1.000. También señala la ley, en el mismo artículo, que «el ejercicio regular de los derechos constitucionales no constituye contravención» y que «a tal fin deberá, con razonable anticipación, darse aviso a la autoridad competente, debiendo respetarse las indicaciones de ésta, si las hubiere, respecto del ordenamiento».

En el artículo 85 de la ley, también se establecen castigos para quienes porten «armas no convencionales».

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