El fallo que estableció la inconstitucionalidad de la acordada referida a la situación de las prisiones domiciliarias dictada Cámara de Casación “ordinaria” de la Capital Federal no está firme, y desató una feroz interna judicial que puso al juez Jorge De Santo en el ojo de la tormenta. El amparo que había sido promovido por la ONG Usina de Justicia había generado “ruido” tras ser avalado por la justicia en una decisión insólita que tachó de inconstitucional las recomendaciones dadas por el máximo tribunal penal porteño para que los jueces evalúen “disminuir la población carcelaria” en el marco de la pandemia.
Interna feroz en la Justicia por irregular fallo que anuló acordada de Casación
Presidente del máximo tribunal penal de Capital Federal advirtió al juez De Santo que todo el procedimiento podría ser nulo porque nunca notificó a la contraparte en un amparo impulsado por una ONG. No quedó firme.
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Fernando Soto y Daniel Morín
Pero el magistrado no solo impugnó una acordada –algo jurídicamente imposible- sino que nunca notificó a la contraparte del litigio antes de pronunciarse, paso imprescindible en la ley de Amparo. Se lo terminó notificando a Casación –que a través de un duro oficio- lo vapuleó en términos técnicos y deslizó que todo el procedimiento que tramitó el juez fue inválido desde un principio por no haber dado parte de la demanda de Usina a la autoridad requerida, uno de los pasos ineludibles en el amparo.
El pase de manos entre tribunales resultó una madeja que desnudó la furia en tribunales por el fallo de De Santo que un sábado a la noche anuló la acordada 5/2020 de la Cámara Nacional de Casación Penal dictada el 23 de abril donde se recomendaba en causas penales por delitos comunes extremar los cuidados para disminuir “la sobrepoblación” de grupos de riesgo. En el primer despacho, el juez resolvió el fondo de la cuestión sin haber consultado a la contraparte demandada. Usina identificó a Casación en la demanda y el juez le dio la razón.
Pero la vía del amparo contra resoluciones judiciales está expresamente prohibida por la ley. ¿Era la Acordada un acto jurisdiccional? Sí así lo fuera, nunca podría haberse anulado. Pero si por el contrario, fuese un acto administrativo, el fuero en el cual debía radicarse una demanda era el contencioso administrativo por la naturaleza de lo que se estaba cuestionando.
El CELS intentó apelar pero la Cámara del Crimen rechazó tal posibilidad porque esa ONG no era parte. Tomó nota de que el fiscal Marcelo Roma no había apelado la decisión pese a que juristas destacaron las irregularidades en el trámite del amparo presentado por Usina de Justicia -con la firma del abogado Fernando Soto- y que nunca se había identificado puntualmente que no era Casación la destinataria de la impugnación, sino que debía ser dirigida contra un órgano específico del Estado Nacional. Sin embargo, los camaristas Ignacio Rodríguez Varela, Juan Cicciaro y Alberto Seijas, sobre el final, dijeron que no hacían lugar, y que De Sandro debía notificar la sentencia a la contraparte.
Unos días después, De Sandro remitió su sentencia a Casación. Ayer, con la firma de Daniel Morin como presidente del tribunal, le devolvió un furibundo oficio. “El auto en el que el juez De Santo decidió librar oficio a esta cámara carece de toda referencia normativa”, fustigó. “Sin perjuicio de ello, toda vez que el libramiento sólo puede ser entendido como un intento de suplir, tardíamente, el incumplimiento por parte de ese magistrado de lo prescripto, en modo taxativo y bajo sanción expresa de nulidad del proceso, por el artículo 8 de la Ley N°16.986, devuélvase por improcedente el oficio y las copias adjuntas”, cacheteó Morin a De Santo, haciendo referencia a informe que debía sustanciar cuando comenzó a tramitar la demanda según la ley de Amparo.
Así, quedó bajo cuestionamiento todo lo actuado por De Santo en un procedimiento irregular que tuvo alcance colectivo pese a que, desde un comienzo, debió haber tenido otro tratamiento. La interna quedó al descubierto, enmarcada en la discusión por las prisiones domiciliarias por Covid-19, pero también con capítulos por escribirse y en una disputa que había quedado solapada en la justicia nacional.




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