La central obrera presentó una acción ante la Justicia laboral para frenar la normativa impulsada por el Gobierno. Sostiene que vulnera garantías constitucionales y tratados internacionales. A las 16 brindará una conferencia de prensa para ampliar los detalles de la presentación.
La Confederación General del Trabajo (CGT) presentó este lunes una acción judicial para frenar la reforma laboral impulsada por el Gobierno y advirtió que la norma implica “una afectación grave de derechos colectivos e individuales” de los trabajadores. La central sindical sostiene que el proyecto vulnera garantías constitucionales y principios establecidos por la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
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La presentación fue realizada ante la Justicia laboral con el objetivo de que se declare la inconstitucionalidad de la reforma aprobada por el Congreso. Desde la conducción de la central obrera afirmaron que la iniciativa oficial representa un retroceso en materia de derechos laborales y contradice el principio de progresividad que rige en la legislación del trabajo.
En un comunicado, la CGT cuestionó lo que calificó como una “mal llamada modernización” del sistema laboral y alertó que los cambios propuestos implican un retroceso en conquistas históricas del movimiento obrero. Según el documento, las modificaciones afectan tanto derechos individuales como colectivos garantizados por la Constitución, en particular los vinculados al artículo 14 bis.
La central sindical también anticipó que continuará con su estrategia judicial y política para frenar la implementación de la reforma. En ese marco, los dirigentes gremiales convocaron a una conferencia de prensa a las 16, donde brindarán detalles sobre la presentación realizada y los próximos pasos del reclamo.
CGT - Congreso - Reforma Laboral
La CGT movilizó al Congreso en el marco del debate por la reforma laboral.
Los puntos clave de la reforma laboral que convirtió en ley el Senado
Nueva base para las indemnizaciones. Se fija un tope basado en el salario promedio registrado y se excluyen del cálculo el aguinaldo, las vacaciones, y los premios y conceptos no habituales.
Pago en cuotas de juicios laborales. Las empresas grandes podrán abonar en hasta 6 cuotas, mientras que las pymes podrán hacerlo en hasta 12 pagos.
Creación de un Fondo de Asistencia Laboral (FAL) obligatorio, que contempla un aporte mensual del 1% de la masa salarial para grandes empresas y del 2,5% para las pymes. La consultora Outlier remarcó que se trata de un fondo alternativo a la indemnización por antigüedad y que la elección "depende de lo pactado por convenio colectivo". "Esto ajusta la propuesta hacia un mecanismo negociado entre sindicatos y empleadores y no automático, convirtiéndose en otra concesión para los sindicatos", profundizó la entidad.
Vacaciones más flexibles. La norma habilita al empleador a fraccionar las vacaciones en períodos de siete días.
Esquema de remuneraciones para casos de enfermedad voluntaria (por ejemplo, lesiones por actividades deportivas) que fija compensaciones del 50% por entre tres y seis meses. Para las enfermedades no voluntarias el pago será del 75% del salario básico durante los mismos plazos.
Erradicación de la Ley de Teletrabajo.
Recaídas por enfermedades crónicas. La licencia solo se renovará si pasan más de 2 años entre episodios.
Banco de horas, que permite compensar horas extra con francos o menos jornada. Debe respetar el tope semanal legal, con un mínimo de descanso de 12 hs entre jornadas y 35 hs de descanso semanal.
Negociación salarial por empresa y limitación del derecho a huelga. Los acuerdos por empresa estarán por encima de los acuerdos sectoriales tradicionales. Por otra parte, se exigirá mantener al menos el 75% del servicio en huelgas en sectores como: telecomunicaciones, comercio, educación (excepto universidades), aeronáutica, servicios portuarios, entre otros. Para las fuerzas de seguridad se prohíbe directamente el derecho a huelga.
Las asambleas en el lugar de trabajo requerirán autorización del empleador.
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