La Corte declaró constitucional la Ley de Medios: Clarín debe desinvertir ya
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En otra parte del fallo, la referida a los derechos de propiedad, la Corte consideró "no se ha probado que, al momento del dictado de la sentencia, exista una afectación actual de la libertad de expresión" y que "no ha sido acreditado que el régimen de licencias que establece la ley ponga en riesgo su sustentabilidad económica".
"La sustentabilidad no puede ser equiparada a rentabilidad, y en este sentido, hace a la naturaleza propia de un proceso de desconcentración la posibilidad de una reducción consiguiente de los márgenes de ganancia empresaria", señalaron.
Y agrega: "No resulta admisible que sólo una economía de escala, como la que posee actualmente, le garantiza la independencia suficiente como para constituir una voz crítica. Hay numerosos medios pequeños o medianos que ejercen una función crítica y, a la inversa, hay grandes concentraciones mediáticas que son condescendientes con los gobiernos de turno". Así, los jueces declararon constitucional el artículo 48, pese a que en este punto Maqueda y Argibay votaron en disidencia parcial, y Fayt en disidencia.
Asimismo, el máximo tribunal criticó al AFSCA por no avanzar con la adecuación de los otros grupos a la norma, mientras que advirtió que debe ser un organismo "independiente" y que "la ley debe ser aplicada respetando la igualdad y el debido proceso".
Este cuestionamiento al AFSCA por parte de la Corte puede abrir la puerta a una nueva batalla judicial entre el Gobierno y el Grupo Clarín en el fuero Contencioso y Administrativo por lo referido exclusivamente al plan de adecuación.
Además, los jueces afirmaron que "deben existir políticas transparentes en los subsidios y la publicidad oficial; que los medios públicos no deben ser meros instrumentos de apoyo a una política de gobierno, o una vía para eliminar voces disidentes".
Los artículos cuestionados por el Grupo Clarín eran los 45 y 48, vinculados con la cantidad de licencias, y el 41 y 161 sobre los plazos de desinversión. La aplicación de los mismos estaban frenados a raíz de medidas cautelares presentadas por el multimedio.
Con este fallo, el primero tras la derrota del kirchnerismo en las elecciones del domingo pasado, la Corte coincidió con el criterio del juez de primera instancia Horacio Alfonso, que se había pronunciado a favor de la validez de la norma. Y corrige un fallo de la Cámara Federal Civil y Comercial que se había expedido en contra de la constitucionalidad de dos de los artículos citados.
La Ley de Medios fue sancionada por el Congreso de la Nación en 2009 y desde entonces estuvo en un litigio de más de cuatro años que enfrentó al Gobierno con el Grupo Clarín. A fines de agosto, el máximo tribunal convocó a las partes a una audiencia pública en las que los representantes argumentaron a favor y en contra de la medida y contestaron preguntas de los magistrados.




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