La Justicia bonaerense confirmó una medida cautelar que limita los cambios que AySA puede realizar sobre las condiciones de prestación del servicio de agua y cloacas en el AMBA. La resolución fue dictada por la Sala II de la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de La Plata, en medio del proceso de privatización impulsado por el Gobierno de Javier Milei.
El tribunal ratificó que la empresa no puede modificar, reducir, limitar, suspender o alterar sus obligaciones vinculadas con el acceso al agua potable, la salud pública y la protección del ambiente. Al mismo tiempo, resolvió que la causa deberá continuar bajo la órbita de la Justicia federal.
La decisión se conoció mientras el Gobierno nacional avanza con un nuevo contrato de concesión asociado al proceso de privatización de AySA. Además, el Ejecutivo extendió hasta el 15 de septiembre el plazo para la presentación de propuestas para adquirir el 90% de las acciones de la compañía y estima recaudar unos 450 millones de dólares.
El fallo fue firmado por los jueces Pablo Muñoz, Gerónimo Arias y María Ventura Martínez y resolvió las apelaciones presentadas contra una decisión previa del Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 2 de La Plata, que interviene en el expediente desde junio.
La demanda fue presentada por el Defensor del Pueblo bonaerense, Guido Lorenzino, quien cuestionó el nuevo contrato de concesión y sostuvo que sus disposiciones implicaban una reducción de los estándares ambientales, sanitarios y de protección de los usuarios.
El planteo alcanza a la prestación de los servicios de agua potable y desagües cloacales en los 26 municipios del conurbano y la región metropolitana donde opera AySA.
El nuevo convenio, firmado en mayo de 2026, forma parte del proceso de privatización establecido por la Ley Bases, que declaró a AySA "sujeta a privatización". Posteriormente, el Decreto 494 habilitó el procedimiento para transferir al sector privado el 90% del capital social de la compañía, actualmente bajo control mayoritario del Estado nacional.
Ante la presentación, la jueza de primera instancia había dictado una medida cautelar que ordenaba a AySA abstenerse de realizar cualquier acto que modifique, reduzca, limite, altere, suspenda o disminuya sus obligaciones relacionadas con el acceso al agua potable, la salud pública, el ambiente sano y la prestación adecuada del servicio.
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