La sanción de los cambios a la Ley de Quiebras, que Eduardo Duhalde hizo sancionar en febrero pasado, permitirá destrabar ahora algunas operaciones que resultaban imposibles en un país donde cualquier acreedor estaba impedido de cobrar su crédito a un deudor, por lo menos por el plazo de un año, como rigió hasta ayer.
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Son muchos los casos que se dieron desde febrero hasta ahora de operaciones que, en medio de la crisis, se frenaron por la falta de protección legal para el acreedor.
Un caso puntual fue el de una empresa extranjera representante de varias marcas de tractores para la Argentina. Desde que comenzó la vigencia de la «nueva» Ley de Quiebras de Duhalde recibió la orden desde su casa matriz en el exterior de suspender toda venta que no fuera realizada en dólares y al contado. El fundamento era claro: cualquier saldo deudor a su favor podía quedar congelado si el comprador se declaraba en quiebra.
Otro punto que provocó conflictos en los bancos, sobre todo con sus préstamos hipotecarios y prendarios, fue la suspensión por 180 días hábiles de todo tipo de acciones judiciales, ya sea ejecuciones o medidas cautelares. Es decir, que durante todo 2002 no existían herramientas legales para cobrarle a un deudor.
Tan grave como la paralización de las ejecuciones, en algunos casos, fue la suspensión de cualquier medida cautelar dentro de un proceso ejecutivo. Por ejemplo, nadie podía embargar la recaudación de cualquier tipo de empresa, o hasta un club de fútbol deudor, como medida preventiva para hacerse del cobro de una deuda.
Si bien ahora la suspensión continuará, sólo se computarán 180 días corridos para las ejecuciones, pero podrá trabarse inmediatamente todo tipo de medidas cautelares, siempre que no impliquen desapoderamiento del bien para el deudor, pero acotado sólo a los casos de vivienda única del deudor o bienes afectados a la producción.
La ley que ayer se dejó de lado por la reforma sancionada en el Senado había directamente amputado todas las herramientas que la Ley de Quiebras y concursos original había consagrado para permitir a un acreedor cobrar o compensar las deudas. Incluso la suspensión del «cram down» conspiraba directamente contra la continuidad de las empresas en situación de quiebras. Es un hecho que los acreedores no están dispuestos en muchos casos a firmar la conformidad de acuerdos al deudor original, porque no confían en que cumplirá con las condiciones. Pero sí están dispuestos a hacerlo con un tercero que realice una oferta para tomar el control de la empresa haciéndose cargo de sus deudas. Hasta ayer esta opción era imposible, pero sí está ampliamente contemplado en el aggiornado « cram down» que el Senado convirtió en ley.
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