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30 de septiembre 2021 - 17:30

Peajes: confirman falta de mérito a funcionarios macristas pero ordenan "celeridad" para peritaje clave

La Cámara Federal, en un fallo dividido, confirmó la falta de mérito de los exfuncionarios del gobierno de Cambiemos Guillermo Dietrich, Nicolás Dujovne, Bernardo Saravia Frías y Javier Iguacel.

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La Cámara Federal, en un fallo dividido, confirmó la falta de mérito de los exfuncionarios del gobierno de Cambiemos Guillermo Dietrich, Nicolás Dujovne, Bernardo Saravia Frías y Javier Iguacel por presuntas maniobras fraudulentas en los negociados con los peajes de los principales accesos. No obstante, se ordenó avanzar con “celeridad” con medidas probatorias, entre ellas un peritaje.

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Los camaristas Martín Irurzun y Eduardo Farah ratificaron la decisión que había adoptado la jueza María Eugenia Capuchetti al considerar que no hay suficientes elementos probatorios por ahora como para procesar ni para sobreseer a los imputados. Pero aún restan medidas que deberán ser llevadas a cabo por la magistrada. El camarista Roberto Boico votó en disidencia.

“Corresponderá a la directora de la instrucción instar, por los medios pertinentes, a que las diligencias ordenadas con esa finalidad sean llevadas adelante con la celeridad que la situación reclama”, dijeron los jueces al ordenar continuar investigando el caso con medidas pendientes.

Se trata de la causa en la que se investigan presuntas maniobras a través de las cuales las empresas Ausol y el Grupo Concesionario Oeste S.A. lograron prolongar la concesión de los peajes de los accesos Norte y Oeste respectivamente hasta 2030, y que el Estado les reconociera supuestas deudas de 499 millones de dólares y 247 millones de dólares.

En el caso se investigan supuestas maniobras fraudulentas que beneficiaron a Abertis, ligada al Grupo Macri y si existió un armado para una renegociación de las concesiones con la excusa de un reclamo millonario ante el CIADI que se presentó días antes de que Macri fuera consagrado presidente.

Vialidad, que es querellante, cuestionó la renegociación y afirmó que la firma de este acuerdo permitió, mediante la aplicación de cláusulas leoninas, prorrogar por diez años más una concesión de un servicio público, “mediante una modalidad casi de contratación directa, sin para ello siquiera reunir informes técnicos y financieros o documentación respaldatoria que demuestren que las empresas beneficiadas, habían cumplido con las obligaciones contraídas, en tiempo y forma”.

Los funcionarios del gobierno de Cambiemos habían sido procesados por el juez Rodolfo Canicoba Corral. Pero luego la Cámara Federal dejó sin efecto esa decisión y ordenó que se dictara un nuevo fallo.

Tras la renuncia de Canicoba Corral, el caso pasó a manos de Capuchetti, quien firmó la “falta de mérito” de los acusados. Esa decisión implica que, para la jueza, no hay elementos suficientes en la causa para procesarlos, pero tampoco para sobreseerlos.

En su voto mayoritario, los jueces Irurzun y Farah sostuvieron que “resta todavía conocer cómo se desenvolvieron las diferentes administraciones que, desde 2002, tuvieron a su cargo la tarea de ajustar las ecuaciones económico/financieras de las concesiones, para discernir –por vía de la comparación- si se recurrió a una herramienta de definición de conflictos no habitual, desventajosa o injustificada legalmente (tal es una de las premisas de la hipótesis de cargo) o lo contrario (tal el caso de las defensas)”.

“Hay un gran interrogante aún en pie, que se vincula a la razonabilidad (o falta de ella) de los montos por los cuales la Administración aceptó compensar a las empresas. Hay, claro está, posturas encontradas sobre ello (ver, por ejemplo, la presentación de la empresa AUSOL que obra a fs. 12/84). Y también un nivel de incertidumbre probatoria que debe intentar disiparse. A eso apunta el estudio técnico interdisciplinario que se ordenó en la pieza apelada”, dice el fallo.

Por su parte, el juez Boico votó en disidencia por revocar la falta de mérito. Dijo: “la decisión regida por el artículo 309 del procesal no puede homologarse, debiendo la Sra. Magistrada dictar un nuevo pronunciamiento, con arreglo a las precisiones aquí apuntadas, desagregando el rol que cada uno de los imputados tuvo en el entramado investigado, definiendo la calificación legal a adoptarse y todos los extremos previstos en el digesto, sin perjuicio de continuar pesquisando aspectos que robustecerán el legajo en miras a su progreso a instancias ulteriores”.

Ahora, tras el fallo de la Cámara Federal, la causa pasará en los próximos días a manos del juez Daniel Rafecas, quien se hará cargo como subrogante del juzgado que dejó vacante Canicoba Corral.

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