Preocupante: Senado avanza sobre empresas
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Cristina de Kirchner
• La obligación de justificar los pedidos de información, el establecimiento de un arancel para presentar una solicitud y la ampliación de brindar información a las entidades privadas que no tienen relación con el Estado ni reciben fondos públicos. . El principio de publicidad de la información prevé que las excepciones deben enunciarse taxativamente, sin embargo, el texto modificado incorpora nuevas excepciones al contemplar la posibilidad de que se pueda «clasificar» información no sólo por razones de seguridad, defensa y política exterior, sino además por razones de inteligencia, contrainteligencia, política económicofinanciera, comercial, tributaria, industrial, científica o técnica. Para las ONG, esta amplitud convierteen excesiva la discrecionalidad del Estado de decidir la reserva de la información.
• Criticaron la «ambigüedad» de la excepción que establece que se podrá negar la información cuando «a través de su publicidad pueda ocasionarse un peligro a la vida o seguridad de las personas o afectarse el derecho a la intimidad o al honor de éstas».
• También se mostraron en desacuerdo con la ampliación de la obligación de brindar información a «las entidades privadas, con o sin fines de lucro que tengan fin público o posean información pública», una modificación defendida, particularmente, por la senadora Kirchner.
El texto aprobado por Diputados incluía la información en manos privadas, pero de naturaleza pública, por lo que alcanzaba a las empresas privadas prestatarias de servicios públicos como sujetos obligados a proveer información y a aquellas entidades que reciban subsidios del Estado.
Las ONG advirtieron que el texto elaborado por los senadores «parte de una definición confusa y ambigua del concepto de información pública». Y que al no definir correctamente este concepto, tampoco determina concretamente quiénes son las personas, entes u órganos obligados a proporcionarla.
• Involucrados
En consecuencia, según el proyecto de dictamen, «se le podría pedir información, no sólo el Estado y a las entidades privadas que se vinculen con él, sino también todos los entes privados, con fines de lucro o sin ellos, incluyendo en esta definición «a todos aquellos que persiguen un interés público, una utilidad general, un fin de bien común o cumplen funciones públicas o poseen información pública».
Según Andrea Pochak, directora adjunta del CELS, «la inclusión de las entidades privadas sólo tiende a desvirtuar el sentido de una ley de acceso a la información pública, a provocar numerosos planteos de inconstitucionalidad,y a convertir a la ley en una herramienta de imposible aplicación evitando en consecuencia la transparencia de los actos de gobierno».
Las ONG señalaron en un comunicado que el Estado posee muchas formas de controlar la actividad privada. Existen numerosas leyes y regímenes que tienen como fin permitir el control de la actividad de los entes privados respecto de cuestiones impositivas, de personería jurídica. «Entonces, al estar la información relevante acerca de estos entes privados en poder del Estado, ampliar el concepto de información pública también a estas entidades privadas desvirtúa el sentido de una ley de acceso a la información pública.»
• Otra de las modificaciones introducidas por los senadores se refiere a la obligación de quienes deseen solicitar información. Estos no sólo deben registrar sus datos personales en carácter de «declaración jurada», sino además justificar los motivos de la solicitud de la información reclamada.
• Libertad
Para las ONG, cualquier ciudadano puede requerir información pública sin que el organismo que debe brindarla considere la legitimación del pedido. De este modo, consideran que el Estado debe «evitar establecer restricciones -de cualquier tipo-que impliquen discriminación en el acceso a la información» y rechazan que la norma promovida por los senadores establezca «el requisito de expresar los motivos para el pedido de información y su carácter de declaración jurada».
En ese sentido, se oponen a «la posibilidad de diferenciar el monto arancelario en función de los motivos que provocan el pedido de información».
• Precisamente, la gratuidad del acceso a la información es otro de los principios que las organizaciones defienden y que el dictamen aprobado por los senadores modificó. Y si bien admiten que pueden imponerse costos para la reproducción de la información, éstos «no pueden convertir en inaccesible» a la información pública.
Según advirtió Carlos March, director ejecutivo de Poder Ciudadano, «el dictamen, en lugar de dar a luz una ley de acceso a la información pública, produce un aborto legislativo que esperamos que, en la discusión en el plenario, el conjunto de los senadores pueda reencauzar, adecuando el proyecto a leyes vigentes en otros países, a los estándares internacionales y a los requisitos mínimos que debe tener este tipo de normas».




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