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Esa nueva ley prevé que un mandatario electo pueda asumir el 25 de mayo y que el tiempo que transcurra en el cargo hasta el 10 de diciembre -fecha en que terminaría teóricamente el mandato iniciado por Fernando de la Rúa en 1999- no se le computará como parte del período de cuatro años para el cálculo de los dos mandatos que se pueden desempeñar consecutivamente. Eso implica despejar cualquier impugnación que alguien podría plantearle, por caso y si ganase las elecciones, a Carlos Menem por no haber transcurrido exactamente el período de 4 años del mandato de De la Rúa (que en realidad ya la Asamblea Legislativa declaró terminado en diciembre de 2001).
La sentencia de la Cámara Nacional Electoral confirma un revés anterior experimentado por este mediático personaje que es Monner Sans al negarle legitimidad como accionante, es decir al no reconocer que esté afectado por esas leyes del Congreso.
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