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La iniciativa, elaborada por el defensor del pueblo, Eduardo Mondino, e impulsada en el Congreso por el justicialista Jorge Argüello, fue presentada ayer.
De hecho, las cooperativas de trabajo no pueden presentarse en el proceso de cram down porque no son reconocidas como sociedades comerciales, y por eso sólo se pueden quedar con la firma uno o un grupo de acreedores.
En ese sentido, el proyecto contempla, además, «la igualdad de trato para los trabajadores de rescate de la empresa concursada», para el supuesto de que, vencido el período de exclusividad, el concursado no hubiere logrado las conformidades previstas para el acuerdo preventivo.
Respecto del plazo de liquidación, como el régimen actual establece un término muy abreviado para que los magistrados lleven adelante el proceso de liquidación, el proyecto sugiere que esa instancia «sea efectuada dentro de los cuatro meses desde la fecha de la quiebra o desde que ella quede firme».
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