En defensa del derecho más importante de todos: la vida
-
A la espera del repunte económico, el Gobierno refuerza su batalla cultural
-
Milei oficializó a sus candidatos para la Corte Suprema
La Constitución Nacional en el artículo 75 inc. 22 recepta los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, entre los cuales destacaría: la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que en su Artículo 4.1 al referirse al derecho a la vida señala: "...Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente" y la Convención sobre los Derechos del Niño, que en su artículo 1 sostiene: "...se entiende por niño a todo ser humano menor de 18 años de edad". Para aclarar este concepto, nuestro país, en el Artículo 2, segundo párrafo de la ley 23.849 expresa: "Con relación al artículo 1° de la Convención sobre los Derechos del Niño, la REPUBLICA ARGENTINA declara que el mismo debe interpretarse en el sentido que se entiende por niño todo ser humano desde el momento de su concepción y hasta los 18 años de edad".
Del artículo siguiente (75 inc. 23) que refiere a la necesidad de "Dictar un régimen de seguridad social especial e integral en protección del niño en situación de desamparo, desde el embarazo hasta la finalización del periodo de enseñanza elemental..." surge también la protección de la persona por nacer.
Vemos entonces que el Estado y la Nación Argentina se han pronunciado por el reconocimiento de la existencia de la persona desde la concepción y desde allí entonces, es merecedora del respeto al más importante de todos los derechos: el de la VIDA, reconocimiento y protección que se debilita en dos situaciones extremas: "con el fin de evitar un peligro para la salud o la vida de la madre"... y en caso de "violación" (Art.86 CP). Lo tremendo del proyecto en análisis es que hasta las 14 semanas, simplemente porque si, una persona puede disponer de la vida de otra.
Se ha señalado que en este tema debemos dejar de lado consideraciones personales o religiosas, sin embargo me pregunto, ¿cuál es el valor que le asignamos a la vida humana? y por sobre todo ¿qué sociedad estamos moldeando si exigimos el abandono de valores? Evidentemente cuando el legislador sanciona normas, hace una valoración de los derechos que son importantes salvaguardar en una sociedad, cuando lamentablemente entran en colisión con otros y en este sentido considero necesario inclinarme por la defensa del derecho más importante de todos: el derecho a la vida, cuanto más, la del ser más indefenso de todos: la persona por nacer.
Dejá tu comentario