10 de julio 2018 - 22:23

En defensa del derecho más importante de todos: la vida

Cristina Fiore Viñuales.
Cristina Fiore Viñuales.
Por Cristina Fiore Viñuales, senadora por Salta (Pares).-

Sorpresivamente nos encontramos en el Senado debatiendo sobre el proyecto con media sanción de Diputados sobre la legalización del aborto, ya que en su campaña electoral jamás el actual presidente manifestó la idea de avanzar con este tema, al contrario, en junio del año 2016, en el Congreso Eucarístico Nacional en la Ciudad de Tucumán aludió específicamente a la "protección de la vida, desde la concepción hasta la muerte...".

Superado el asombro inicial, debemos decir que el núcleo fundamental del proyecto en tratamiento radica en el artículo 3 que pretendiendo modificar el Código Penal señala: "No es delito el aborto realizado por la mujer o persona gestante hasta la semana 14, inclusive, del proceso gestacional". No vamos a detenernos en la particular redacción que en el afán de legalizar el aborto, introduce el primer precedente a nivel mundial de describir en el Código Penal una conducta que NO ES DELITO, sino que vamos a reflexionar un poco sobre esta premisa.

El aborto, se encuentra contemplado entre los artículos 85 a 88 inclusive del Código Penal en el Título I: Delitos contra las personas, Capítulo I: Delitos contra la vida. Es decir que sin lugar a dudas el derecho que busca amparar el legislador al sancionar penalmente a quienes cometen este delito es LA VIDA, en este caso, de la persona por nacer, para las demás, existe el homicidio.

Nos surge entonces la pregunta: ¿desde cuándo existe esta vida? ¿cuándo comienza la existencia de la persona? Claramente aquí el Código Civil y Comercial de la Nación, nos da una respuesta en su artículo 19: "La existencia de la persona humana comienza con la concepción".

La Constitución Nacional en el artículo 75 inc. 22 recepta los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, entre los cuales destacaría: la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que en su Artículo 4.1 al referirse al derecho a la vida señala: "...Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente" y la Convención sobre los Derechos del Niño, que en su artículo 1 sostiene: "...se entiende por niño a todo ser humano menor de 18 años de edad". Para aclarar este concepto, nuestro país, en el Artículo 2, segundo párrafo de la ley 23.849 expresa: "Con relación al artículo 1° de la Convención sobre los Derechos del Niño, la REPUBLICA ARGENTINA declara que el mismo debe interpretarse en el sentido que se entiende por niño todo ser humano desde el momento de su concepción y hasta los 18 años de edad".

Del artículo siguiente (75 inc. 23) que refiere a la necesidad de "Dictar un régimen de seguridad social especial e integral en protección del niño en situación de desamparo, desde el embarazo hasta la finalización del periodo de enseñanza elemental..." surge también la protección de la persona por nacer.

Vemos entonces que el Estado y la Nación Argentina se han pronunciado por el reconocimiento de la existencia de la persona desde la concepción y desde allí entonces, es merecedora del respeto al más importante de todos los derechos: el de la VIDA, reconocimiento y protección que se debilita en dos situaciones extremas: "con el fin de evitar un peligro para la salud o la vida de la madre"... y en caso de "violación" (Art.86 CP). Lo tremendo del proyecto en análisis es que hasta las 14 semanas, simplemente porque si, una persona puede disponer de la vida de otra.

Se ha señalado que en este tema debemos dejar de lado consideraciones personales o religiosas, sin embargo me pregunto, ¿cuál es el valor que le asignamos a la vida humana? y por sobre todo ¿qué sociedad estamos moldeando si exigimos el abandono de valores? Evidentemente cuando el legislador sanciona normas, hace una valoración de los derechos que son importantes salvaguardar en una sociedad, cuando lamentablemente entran en colisión con otros y en este sentido considero necesario inclinarme por la defensa del derecho más importante de todos: el derecho a la vida, cuanto más, la del ser más indefenso de todos: la persona por nacer.

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