28 de septiembre 2018 - 15:44
Todo lo que tenés que saber para ingresar al país celulares, laptops y tablets sin declarar

Para que aplique la nueva normativa, antes de viajar hay declarar los objetos en el puesto de la Aduana.
Si se sale del país y declara su celular, notebook o tablet en tu Declaración de Objetos y/o Vehículos F-121, al volver al país con sus compras en el exterior no va a tener que pagar franquicia ni aranceles aduaneros.
La declaración ante la Aduana puede hacerse manualmente (en papel) o utilizando nuestra página web.
• ¿Necesito traer mi factura de compra, aún si no tengo que declarar el producto?
No.
• ¿Puedo traer dos tablets o notebooks si no traigo un nuevo celular?
Sí, pero en el caso de una segunda unidad nueva, deberá ser declarada y pagado el arancel del 50% por encima de la franquicia de US$ 300
• ¿Por qué vías puedo ingresar estas compras?
Este cambio aplica para el ingreso vía terrestre o fluvial, marítimo o aéreo.
• Si compro vía courier o correo oficial (puerta a puerta), ¿tengo que pagar el arancel aduanero?
Sí, ya que la nueva normativa no aplica para las compras realizadas bajo el Régimen de Envíos Postales Internaciones.
• ¿Qué pasa con el ingreso de ropa o juguetes que se suponen de uso personal pero que sin embargo la Aduana, en ocasiones, cobra franquicias y/o aranceles?
Los objetos que sean de uso personal y no para fines comerciales, ya estaban contemplados en la RG 3751/94. Por lo tanto, no deben ser declarados ni pagar aranceles aduaneros. Con la nueva normativa, se agregan notebooks, tablets o teléfonos celulares.


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