18 de enero 2008 - 00:00
Drogas: avalan penalizar tenencia para consumo
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En un fallo dictado por la Sala II del máximo tribunal penal bonaerense -que fue firmado el 27 de diciembre pasado-, los jueces Carlos Alberto Mahiques y Jorge Hugo Celesia rechazaron los argumentos de la defensa de un hombre que fue condenado a prisión por encontrarse en su poder una cantidad de drogas para consumo personal. Los camaristas confirmaron de esta manera la acusación de la Cámara de Apelaciones de Morón.
«Soy de la opinión de que los delitos relacionados con los estupefacientes afectan no sólo la salud individual de aquellas personas que se ven comprometidas por su abuso y adicción, sino a sus ámbitos familiares y sociales, como también a los propios Estados, tanto en el plano económico como en el institucional», escribió en su voto el juez Mahiques, al que adhirió Celesia.
Los jueces rechazaron el argumento de quienes plantean la inconstitucionalidad del artículo 14 -segunda parte- de la Ley 23.737, que castiga con pena de un mes a dos años de prisión a quien tuviera en su poder drogas para uso personal. Según este artículo, la tenencia no afectaría la salud pública y en último caso, está resguardada por la esfera privada de la persona, regida por el artículo 19 de la Constitución nacional.
«El hecho de penalizar la tenencia de drogas para el propio consumo, establecida bajo condiciones de mínima publicidad como es aquella que es constatada en la vía pública, resulta apta para afectar suficientemente la salud pública, y no puede en cambio considerarse con los parámetros de razonabilidad constitucionalmente exigidos» con que se considera el consumo en un ámbito de estricta privacidad, señalaron.



